ANEXO 6

ANEXO VI

1) Los dos preliminares no alcanzaron su objetivo. Se mostraron ineficaces.

¿Por qué se los pidió?

“Vistas las contradicciones romanas, era necesario pedir a Roma un acto concreto por el cual pondría de manifiesto a todos que hace un gesto verdadero en favor de la tradición”.

“Se nos había engañado tantas veces que necesitábamos algo que nos probase claramente que Roma quería de verdad la Tradición”.

“La necesidad de recuperar la confianza”.

“Para nosotros, antes de lanzarnos, queremos la certeza de la voluntad de Roma de apoyar la Tradición, las muestras de una conversión”.

Por lo tanto, era para recuperar la confianza en Roma. Ahora bien, si lo que afirma la Roma anticristo y modernista es contrario a la verdad, con mayor razón si es una adulteración fraudulenta de la verdad de los dos prerrequisitos…, es imposible discutir con aquél que, no solamente niega los principios, sino que además corrompe la verdad de una manera deshonesta…

2) No se recibió lo que se pidió.

a) ¿Qué se pidió?

“Dar a los sacerdotes del mundo entero la posibilidad de celebrar la misa tridentina declarando que esta misa no se abrogó nunca y que es legítima”.

“Que se retire el decreto de excomunión”.

b) ¿Qué se ha obtenido?

“El Misal romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la “Lex orandi” de la Iglesia Católica de rito latino. El Misal romano promulgado por S. Pío V y publicado por el B. Juan XXIII debe ser considerado como la expresión extraordinaria de la misma “Lex orandi” de la Iglesia. Estas dos expresiones de la “Lex orandi” de la Iglesia no inducen a ninguna división de la “lex credendi” de la Iglesia; son en efecto dos aplicaciones del único rito romano.

Está pues permitido celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición modelo del Misal romano promulgada por el B. Juan XXIII en 1962 y nunca abrogada, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia”.

“Por la carta del 15 de diciembre de 2008 dirigida a Su Eminencia, el Cardenal Darío Castrillón Hoyos, el Presidente de la Comisión Pontifical Eclesia Dei, Mgr Bernard Fellay, en su nombre así como en nombre de los tres Obispos restantes consagrados el 30 de junio de 1988, solicitaba de nuevo el levantamiento de la excomunión latae sententiae formalmente declarada por Decreto del Prefecto de esta misma Congregación para los Obispos con fecha del 1 de julio de 1988   (…)   Según las facultades que me han sido concedidas expresamente por el Santo Padre Benito XVI, en virtud del presente Decreto, remito a los Obispos Bernard Fellay, Bernard Tissier de Mallerais, Richard Williamson y Alfonso de Galarreta la censura de excomunión latae sententiae declarada por esta Congregación el 1 de julio de 1988, así como declaro privado de efectos jurídicos, a partir de la fecha de hoy, el Decreto publicado en esta época”.

3) Lo que se dice haber obtenido no corresponde a la realidad.

¿Qué se dice haber obtenido?

“La Misa de San Pío V nunca fue abrogada; está pues permitido celebrar el Sacrificio de la Misa según el Misal Tradicional”.

“Como lo anuncio en el comunicado adjunto, “la excomunión de los obispos consagrados por S. Exc. Mons. Marcel Lefebvre el 30 de junio de 1988, que había sido declarada por la Congregación para los Obispos por un decreto del 1 de julio de 1988 y que siempre impugnamos, fue retirada por otro decreto de la misma Congregación con fecha del 21 de enero de 2009, por mandato del papa Benito XVI «. Era la intención de oración que les había confiado en Lourdes, el día de la fiesta del Cristo Rey 2008”.

4) La publicación de los dos documentos romanos tuvo por consecuencia un mal aún mayor.

En efecto, los actos legislativos romanos humillaron la Obra de la Tradición:

A) Respecto de la Santa Misa.

El Rito romano de la Santa Misa nunca había perdido su derecho. Pero, con el Motu Proprio del 7 de julio de 2007 perdió, de jure, su condición de única forma ordinaria y oficial.

La Roma anticristo y modernista, por medio del Motu proprio, humilló el Rito Romano de la Santa Misa, relegándolo a la condición de “forma extraordinaria” y uniéndolo al “rito bastardo”, que sería la “forma ordinaria” del único rito romano.

Por lo tanto, el Misal romano promulgado por S. Pío V ya no es la expresión ordinaria; y, de manera implícita, debe ser considerado abrogado como expresión ordinaria de la Liturgia de la Iglesia.

B) Respecto de la “Operación Supervivencia”.

(Monseñor Lefebvre, homilía del 30 de junio de 1988: “Pienso que es mi deber dar los medios para hacer lo que llamaré esta “operación supervivencia” de la tradición. Hoy es el día de la operación supervivencia, y si hubiera proseguido con Roma, al seguir los acuerdos que firmamos y prosiguiendo la puesta en la práctica de estos acuerdos, hubiese hecho “la operación suicidio”).

Desde las consagraciones del 30 de junio de 1988, día de la “Operación Supervivencia” de la Tradición, la Roma anticristo y modernista jamás había obtenido de parte de la FSSPX una “confesión” que reconociese la validez de la excomunión.

Pero, gracias al Decreto del 21 de enero de 2009 se reconoce la validez de la pena y, por lo tanto, la realidad de delito y la ausencia del “estado de necesidad” que justificó las consagraciones.

La Roma anticristo y modernista, por el Decreto, humilló la “Operación Supervivencia” de las consagraciones episcopales, presentándola no sólo como ilícita, sino también como digna de castigo y censurable.

Se afirma que la FSSPX, lejos de confesar o reconocer la validez de la excomunión, la ha negado, antes y después del Decreto.

Antes, sí; ¡después, no!… Los comunicados oficiales y las entrevistas concedidas a los medios de información (incluso publicadas en sitios oficiales de la Fraternidad), dicen lo contrario.

Por lo tanto estos dos preliminares no constituyen un medio de recuperar la confianza de Roma, y se transformaron en un arma de ataque de la Roma anticristo y modernista en materia de debate doctrinal.

Reitero que la reunión de todos esos puntos constituye una utilización indebida de la mediación de la Santísima Virgen María y un ultraje a la Madre de Dios.

Además, arrojarse voluntariamente en esta “operación suicida” implica tentar a Dios, que ya salvó la Obra de Tradición en 1988… “Tú no tentarás al Señor, tu Dios”