ANEXO 4

ANEXO IV

Con respecto al segundo preliminar

(carta al Padre de Cacqueray)

Usted escribe:

“La Fraternidad se niega con todo a pedir ״un levantamiento de las sanciones״. Pretende obtener ״el retiro del decreto de las excomuniones״; y no escapa a nadie que los términos que empleó para traducir su pedido han sido elegidos intencionalmente. Ella quiere que sea bien manifestada su convicción de la nulidad de las sanciones y, si Roma se decide a obrar, que lo haga dejando al menos la puerta abierta a esta hipótesis canónica”.

Durante nuestra conversación, creo al menos haber sembrado una duda en su espíritu sobre este punto. En efecto, afirmo, apoyándome en el Derecho Canónico y en sus intérpretes, que aceptar la validez del decreto de excomunión implica aceptar haber violado la ley, y, por allí mismo, de incurrir en la pena de la excomunión que el decreto declara simplemente.

Usted escribe:

“Si, en cambio, se tratase de un ״levantamiento de las excomuniones״, las cosas serían de muy otra manera. No correspondería a nuestro segundo preliminar y no lavaría de ninguna manera a nuestros obispos de los malos pleitos que se les hizo. Dejando creer que las penas pronunciadas no eran nulas y que incluso se merecían, ¿no resultaría, en cierto sentido al menos, un nuevo mal más profundo? Roma entonces habría retirado, con una apariencia compasiva, sanciones que se encontrarían, por el mismo acto, confirmadas como válidas, e incluso impuestas legítimamente.”

Es sorprendente, puesto que es precisamente lo que se puede encontrar un poco por todas partes en las publicaciones de la Fraternidad, en el sitio oficial la Puerta Latina y en lo que Mons. Fellay sugirió oficialmente:

“Hablé entonces del acuerdo de Brest-Litovsk, como posible modelo de una solución. Brest-Litovsk es el acuerdo que hizo reintegrar a los Ucranianos en la Iglesia Católica a principios del siglo XVII. Los Ucranianos dijeron: “De acuerdo, estamos listos para volver a Roma si pueden tomarnos tal como somos, con nuestra propia liturgia, nuestra lengua, nuestro propio calendario, nuestra propia disciplina, etc. ” Y se les concedió eso. Esta es la razón por la que había hecho mención de Brest-Litovsk.” (Conferencia. Kansas City, el 5 de marzo de 2002. Nouvelles de Chrétienté N° 75, mayo-junio de 2002).

“Lo que se hizo por los ortodoxos podría a fortiori aplicarse a nosotros. Roma levantó la excomunión que les afectaba sin que de ningún modo hayan cambiado su actitud hacia el Vaticano. ¿No se podría tomar la misma medida respecto de nosotros, quienes no nos separamos nunca de Roma y siempre reconocimos la autoridad del Soberano Pontífice, tal como la definió el concilio Vaticano I? ” (Nouvelles de Chrétienté Nº 87, mayo-junio de 2004).

“No vemos cómo podríamos llegar a un reconocimiento sin pasar por una serie de etapas. Entre estas etapas, la primera nos parece ser el retiro del decreto de excomunión. La excomunión que afectaba los ortodoxos pudo levantarse sin que éstos de ningún modo hayan cambiado su actitud hacia la Santa Sede; no sería posible hacer una cosa similar respecto de nosotros, quienes nunca nos separamos y siempre hemos reconocido la autoridad del Soberano Pontífice, tal como la definió el concilio Vaticano I” (Carta al cardenal Castrillón Hoyos, 6 de junio de 2004).

De un preliminar al otro:

Usted escribe:

“Si se atrevió a conceder el primero, dará también el segundo de los dos preliminares (…) En cualquier caso, querríamos invitar a cada uno a reflexionar bien sobre la luz que proporciona la obtención del primer preliminar. La Fraternidad lo pidió y lo obtuvo”

Para usted, por lo tanto, es un hecho realizado. Sólo queda por esperar la obtención del segundo preliminar.

Por mi parte, me pregunto: si la “obtención” del primer preliminar se hizo en tales circunstancias… ¿qué podemos esperar del segundo?… ¿otro Protocolo?

Y me digo: hay abogados muy hábiles que hacen una muy buena defensa de una mala causa. Para nosotros, no hay razón para hacer una mala defensa de una buena causa…