EL VINO DE LA FORNICACIÓN

Maria Vittoria Longhitano es la primera mujer en Italia regularmente ordenada al rango de párroco de una “Iglesia” reconocida como «sacramentalmente válida» y legitima por el Vaticano. Pertenece a la Comunidad Vetero Católica dell’Unione di Utrecht inspirada en la Iglesia indivisa del primer milenio cristiano, un momento en que el celibato no era una condición necesaria para llevar una sotana, y no se atribuía la supremacía absoluta y la infalibilidad al obispo de Roma.

Amparada por medio de la “comunión plena” con el cumplimiento de la confesión anglicana de los obispos de EE.UU. y en última instancia con la autoridad del Arzobispo de Canterbury, la Iglesia Católica Antigua de Cormano (cerca de Milán, donde entre otras cosas, está la capilla ardiente Alessandro Manzoni), que pertenece a la parroquia anglicana de Jesús de Nazaret, en Milán, es también la primera en el país para celebrar la “unión sagrada” de dos parejas homosexuales el pasado sábado, 21 de mayo. Los de Carmelo Mazzeo y Cenni Paolo, 41 y 33 años, y el de las treintañeras  Letizia Torrisi y Agnese Cighetti.

Hasta aquí, una noticia más, de las muchas que nos tocan leer cada día acerca de la SUPER SODOMA reinante en el mundo entero… Pero…

El escándalo de la iglesia prostituída es imparable.

Vean al “papabile” Card. Dionigi Tettamanzi, Arzobispo de Milán, del cual Mons. Fellay dijo en un reportaje a Radio Cristiandad, que era “lo mejor que se podía esperar” en el cónclave (que finalmente ganó Ratzinger) pues era “amigo de la Tradición”:

Y clamó con gran voz diciendo: Ha caído, ha caído Babilonia la grande, y ha venido a ser albergue de demonios y refugio de todo espíritu inmundo y refugio de toda ave impura y aborrecible. 3 Porque del vino de su furiosa fornicación bebieron todas las naciones; con ella fornicaron los reyes de la tierra y con el poder de su lujo se enriquecieron los mercaderes de la tierra. 4 Oí otra voz venida del Cielo que decía: “Salid de ella, pueblo mío, para no ser solidario de sus pecados y no participar en sus plagas; 5 pues sus pecados se han acumulado hasta el cielo y Dios se ha acordado de sus iniquidades. 6 Pagadle como ella ha pagado; retribuidle el doble conforme a sus obras; en la copa que mezcló, mezcladle doblado. 7 Cuanto se glorificó a sí misma y vivió en lujo, otro tanto dadle de tormento y de luto, porque ella dice en su corazón: “Como reina estoy sentada y no soy viuda y jamás veré duelo”. 8 Por tanto en un solo día vendrán sus plagas: muerte y luto y hambre; y será abrasada en fuego, porque fuerte Señor es el Dios que la ha juzgado”.  Apoc. XVIII

Estos son algunos de los resultados del “ecumenismo con los anglicanos” llevado adelante por la “Roma anticristo”.

La noticia completa en italiano puede leerse aquí, si es que tienen estómago todavía…

ESCÁNDALO EN SEGOVIA: CARMELITAS DESCALZOS Y LA MASONERÍA

¿Y ésto lo saben en el obispado de Segovia?

 

No salimos todavía de una y entramos en otra. Salimos de Málaga y nos metemos en Malagón. Y es que el obispo de Segovia gobierna de “forma extraordinaria” esta diócesis. Y sobre todo con los carmelitas descalzos de por medio. Y es que uno se plantea: ¿las órdenes religiosas compiten entre ellas por saber cuál hace más daño y perjuicio a la Santa Iglesia católica y por ende a Jesucristo Nuestro Señor?

Desde que se dedica a visitar mezquitas y hablar con infieles, con muchos respetos humanos, eso sí, el obispo está que lo tira. Dentro de poco en su diócesis, en el convento de los Padres Carmelitas Descalzos, esos hijos descarriados de San Juan de la Cruz, se va a permitir que en su convento, se celebren unas jornadas de masonería. Masonería y Cristianismo. Menudo cóctel. Es una mezcla sin duda venenosa. El veneno de la corrupción del cristianismo. Y está es la evangelización de don Ángel Rubio Castro y de los carmelitas descalzos (de hábito proletario).

Allí donde descansan los restos del Doctor Místico, del Patrón de la Poesía castellana. Donde espera la llamada de su Esposo y Señor. Se va a organizar tal conciábulo, con misa Novus Ordo (sospechamos que es Novus Ordo Sæculorum) incluida.

Y es que estos pérfidos se se hacen llamar caballero de Cristo. ¡Que blasfemia! Bajo una capa de pelagianismo puro y duro, de gnosticismo purulento, quieren pervertir la Verdad, al mismo Cristo, Dios humanado, para gritar alto: Non serviam y volver a llamarle Infame destruyendo toda la tradición apostólica.

 El CIC 1917 (pío-benedictino) en su canon 2335 (Liber V, pars III, titulus XIII) establecía que “los que dan su nombre a la secta masónica, o a otras asociaciones del mismo género, que maquinan contra la Iglesia o contra las potestades civiles legítimas, incurren ipso facto en excomunión simplemente reservada a la Sede Apostólica”.

 ¡Olé! ¡Bien por la nueva evangelización! ¿Sabían algo en el obispado? Porque la misma faena fue repetida en el mismo convento durante el año 2005, durante el solsticio de verano otra vez, por por una logia vinculada a la actual. Y desde aquí nos preguntamos, ¿sigue permitiendo, el señor obispo, qué se le desplomen las ruinas de la anterior catolicísima y marianísima Segovia apoyando a los infieles y sin oponerse al enemigo? Dejando que los que maquinan contra la Iglesia, contra la Santa doctrina y la salvación de las almas utilicen de los sacros lugares, santificados por hombres enamorados de Dios en días pasados. Son aquellos bajo aparencia de falsos cristianos que quieren destruir la Santa Iglesia y traer el reino del “otro”, del “sin ley” y cerrar las puertas de los Cielos a tantas almas. ¡Ay de ti Segovia! ¿Quo vadis? Detrás de la perfidia vaticana. Confundiendo a las pobres ovejas del rebaño del Señor con su máscara de pseudo-cristianismo. ¡Qué descaro! Y la jerarquía no hace nada o no se quiere dar por aludida.

Le recordamos al obispo y a los lectores católicos los siguientes documentos de los Romanos Pontífices sobre la secta masónica:

“IN EMINENTI” del Papa Clemente XII, 28 de abril de 1738.

“PROVIDAS” del Papa Benedicto XIV, 18 de mayo de 1751.

“ECCLESIAM” del Papa Pío VII, 13 de septiembre de 1821.

“QUO GRAVIORA” del Papa León XII, 13 de marzo de 1825.

“APOSTOLICAE SEDIS” del Papa Pío IX, 12 de octubre de 1869..

“TRADITI” del Papa Pío VIII, 21 de mayo de 1829.

“MIRARI VOS” del Papa Gregorio XVI, 15 de agosto de 1832.

“QUI PLURIBUS” del Papa Pío IX, 9 de noviembre de 1846.

“QUANTA CURA” del Papa Pío IX, 8 de diciembre de 1864.

“ETSI MULTA” del Papa Pío IX, 21 de noviembre de 1873.

“DIUTURNUM ILLUD”, del Papa León XIII, 1881

“ETSI NOS” del Papa León XIII, 15 de febrero de 1882.

“HUMANUM GENUS” del Papa León XIII, 20 de abril de 1884.

“AB APOSTOLICI” (Dall’alto Dell’Apostolico Seggio) del Papa León XIII, 15 de octubre de 1890.

“INIMICA VIS” ” del Papa León XIII, 8 de diciembre de 1892

“CUSTODI DI QUELLA FEDE” del Papa León XIII, 8 de diciembre de 1892

“PRAECLARA GRATULATIONIS” del Papa León XIII, 18 de marzo de 1902.

 Y añadimos aquí las notas de la Santa Congregación para la doctrina de la Fe del 17 de febrero de 1981 y del 23 noviembre de 1983, bajo Juan Pablo II, por la poca claridad del Canon 1374 (CIC 1983)

VISTO: IN DIEBUS ILLIS

DIÁLOGO ANGLICANO-CATÓLICO: APRENDER DEL OTRO MAS QUE INTENTAR CONVENCER

CIUDAD DEL VATICANO, lunes 30 de mayo de 2011.- El diálogo entre la Iglesia católica y la comunión anglicana se desarrollará en los próximos años intentando hacer avanzar la unidad

“aprendiendo de nuestros compañeros, más que pidiéndoles que aprendan de nosotros”.

La Comisión Internacional Anglicano-Católica (ARCIC) se ha comprometido a hacer propio el llamado ecumenismo de recepción, en la primera reunión de su tercera fase, celebrada del 17 al 27 de mayo en el monasterio italiano de Bose.

Un comunicado del Consejo Pontificio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos publicado este sábado indica que “en la consideración del método que será usado por el ARCIC III, la Comisión se apoyó en la aproximación del ecumenismo de recepción.

El ecumenismo de recepción se basa en nosotros mismos y en la conversión interior, más que en el intento de convencer a los demás.

Para el Consejo Pontificio, “anglicanos y católicos pueden ayudarse recíprocamente a crecer en la fe, en la vida y en el testimonio cristiano si están abiertos y dispuestos a dejarse transformar por la gracia divina mediada por los unos y los otros”.

Discernir la enseñanza ética

Los debates del encuentro se centraron en la Iglesia como comunión local y universal y en cómo, en la comunión, la Iglesia local y universal logra discernir la justa enseñanza ética.
ARCIC III ha elaborado un programa de trabajo que analiza la Iglesia, sobre todo a la luz de su ser radicada en Cristo en el misterio pascual.

“Este acento puesto en Jesucristo, humano y divino -considera el Consejo Pontificio- permite a la Comisión el lanzamiento creativo de una mirada a la relación entre la Iglesia local y universal en la comunión”.

Los representantes de la Iglesia católica en este diálogo explicaron que la Comisión intentará desarrollar una interpretación teológica de la persona, de la sociedad humana y de la nueva vida de gracia en Cristo.

“Esto será la base sobre la que proceder, con el estudio de cómo la enseñanza ética justa se determina a nivel universal y local”.

ARCIC III basará su análisis en las Escrituras, la tradición y la razón, y también aprovechará el trabajo precedente de la Comisión.

Además, la Comisión “examinará algunas cuestiones particulares para explicar como nuestras dos comuniones se comportan en la toma de decisiones de naturaleza moral y como áreas de tensión entre anglicanos y católicos pueden ser resueltas aprendiendo los unos de los otros”.

Las reuniones también permitieron a la Comisión reflexionar sobre el modo en el que presentar el trabajo de su fase anterior en su totalidad, con comentarios adecuados, para favorecer su recepción.

La Comisión está formada dieciocho teólogos procedentes de todo el mundo (diez anglicanos y ocho católicos).

Co-presidida por el arzobispo David Moxon (arzobispo anglicano de la diócesis de Nueva Zelanda) y por monseñor Bernard Longley (arzobispo católico de Birmingham), su próxima reunión está prevista para el año 2012.

45 años dialogando

El diálogo entre anglicanos y católicos comenzó oficialmente en 1966, propuesto por Pablo VI y por el arzobispo de Canterbury Michael Ramsey. Tras una fase preparatoria, se constituyó la Comisión conjunta (ARCIC) en 1968.

La primera fase del diálogo (ARCIC I) duró de 1970 a 1981, dirigida por el obispo anglicano Henry McAdoo, y el católico monseñor Alan Clark. En esta fase se habló sobre doctrina eucarística, autoridad y ministerio ordenado, llegando a la declaración conjunta de Windsor.

La segunda fase (ARCIC II) comenzó en 1983 y duró hasta este año, liderada por los obispos anglicanos Mark Santer, Frank Griswold y Peter Carnley, y los obispos católicos monseñor Cormac Murphy O’Connor y monseñor Alexander Joseph Brunett.

En esta fase se habló sobre doctrina de la salvación, comunión, magisterio y el papel de la Virgen María. En 2007, la Comisión aprobó el documento “Creciendo juntos en la Unidad y en la Misión”.

Sin embargo, el diálogo oficial fue suspendido por el papa Juan Pablo II en 2003, tras la consagración episcopal de Gene Robinson, un homosexual que mantenía una relación carnal.

Posteriormente, las dificultades aumentaron con la aprobación de la ordenación de mujeres, especialmente para cargos episcopales.¹

Otro de los acontecimientos sobresalientes de esta segunda fase fue la publicación, por parte del Papa Benedicto XVI, de la Constitución Apostólica Anglicanorum coetibus, el 9 de noviembre de 2009.

Tras su última reunión, el Consejo Pontificio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos destacó que lo que une a católicos y anglicanos es mayor que lo que los separa.²

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[1] EL DIALOGO FUE SUSPENDIDO POR LA GRAVEDAD DE LOS ACTOS: LA CONSAGRACIÓN DEL HOMOSEXUAL GENE ROBINSON Y LA CONSAGRACIÓN DE MUJERES, PERO SOLO AÑOS MAS TARDE LO RETOMARON CON LOS MISMO PERSONAJES REALMENTE SI ESTO NO ES LA DESTRUCCIÓN SISTEMÁTICA DE LA IGLESIA ¿QUE ES?

[2]LO QUE NOS UNE ES MAYOR QUE LO QUE NOS SEPARA. FRASE YA UTILIZADA PARA CON LOS JUDÍOS Y LOS MUSULMANES AL MENOS EN LABIOS DE BENEDICTO XVI

MAGISTERIO: PIO XII SOBRE LA REALEZA DE MARÍA SANTÍSIMA – AD CÆLI REGINAM

AD CÆLI REGINAM

Constitución apostólica de S.S. Pío XII sobre la realeza de María

11 de octubre de 1954

A la Reina del Cielo, ya desde los primeros siglos de la Iglesia católica, elevó el pueblo cristiano suplicantes oraciones e himnos de loa y piedad, así en sus tiempos de felicidad y alegría como en los de angustia y peligros; y nunca falló la esperanza en la Madre del Rey divino, Jesucristo, ni languideció aquella fe que nos enseña cómo la Virgen María, Madre de Dios, reina en todo el mundo con maternal corazón, al igual que está coronada con la gloria de la realeza en la bienaventuranza celestial.

Y ahora, después de las grandes ruinas que aun ante Nuestra vista han destruido florecientes ciudades, villas y aldeas; ante el doloroso espectáculo de tales y tantos males morales que amenazadores avanzan en cenagosas oleadas, a la par que vemos resquebrajarse las bases mismas de la justicia y triunfar la corrupción, en este incierto y pavoroso estado de cosas Nos vemos profundamente angustiados, pero recurrimos confiados a nuestra Reina María, poniendo a sus pies, junto con el Nuestro, los sentimientos de devoción de todos los fieles que se glorían del nombre de cristianos.

Introducción

2. Place y es útil recordar que Nos mismo, en el primer día de noviembre del Año Santo, 1950, ante una gran multitud de Eminentísimos Cardenales, de venerables Obispos, de Sacerdotes y de cristianos, llegados de las partes todas del mundo -decretamos el dogma de la Asunción de la Beatísima Virgen María al Cielo (1), donde, presente en alma y en cuerpo, reina entre los coros de los Angeles y de los Santos, a una con su unigénito Hijo. Además, al cumplirse el centenario de la definición dogmática -hecha por Nuestro Predecesor, Pío IX, de i. m.- de la Concepción de la Madre de Dios sin mancha alguna de pecado original, promulgamos (2) el Año Mariano, durante el cual vemos con suma alegría que no sólo en esta alma Ciudad -singularmente en la Basílica Liberiana, donde innumerables muchedumbres acuden a manifestar públicamente su fe y su ardiente amor a la Madre celestial- sino también en toda las partes del mundo vuelve a florecer cada vez más la devoción hacia la Virgen Madre de Dios, mientras los principales Santuarios de María han acogido y acogen todavía imponentes peregrinaciones de fieles devotos.

Y todos saben cómo Nos, siempre que se Nos ha ofrecido la posibilidad, esto es, cuando hemos podido dirigir la palabra a Nuestros hijos, que han llegado a visitarnos, y cuando por medio de las ondas radiofónicas hemos dirigido mensajes aun a pueblos alejados, jamás hemos cesado de exhortar a todos aquellos, a quienes hemos podido dirigirnos, a amar a nuestra benignísima y poderosísima Madre con un amor tierno y vivo, cual cumple a los hijos.

Recordamos a este propósito particularmente el Radiomensaje que hemos dirigido al pueblo de Portugal, al ser coronada la milagrosa Virgen de Fátima (3), Radiomensaje que Nos mismo hemos llamado de la “Realeza” de María (4).

3. Por todo ello, y como para coronar estos testimonios todos de Nuestra piedad mariana, a los que con tanto entusiasmo ha respondido el pueblo cristiano, para concluir útil y felizmente el Año Mariano que ya está terminando, así como para acceder a las insistentes peticiones que de todas partes Nos han llegado, hemos determinado instituir la fiesta litúrgica de la “Bienaventurada María Virgen Reina”.

Cierto que no se trata de una nueva verdad propuesta al pueblo cristiano, porque el fundamento y las razones de la dignidad real de María, abundantemente expresadas en todo tiempo, se encuentran en los antiguos documentos de la Iglesia y en los libros de la sagrada liturgia.

Mas queremos recordarlos ahora en la presente Encíclica para renovar las alabanzas de nuestra celestial Madre y para hacer más viva la devoción en las almas, con ventajas espirituales.

I. Tradición

4. Con razón ha creído siempre el pueblo cristiano, aun en los siglos pasados, que Aquélla, de la que nació el Hijo del Altísimo, que reinará eternamente en la casa de Jacob (5) y [será] Príncipe de la Paz (6), Rey de los reyes y Señor de los señores (7), por encima de todas las demás criaturas recibió de Dios singularísimos privilegios de gracia. Y considerando luego las íntimas relaciones que unen a la madre con el hijo, reconoció fácilmente en la Madre de Dios una regia preeminencia sobre todos los seres.

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ESTUDIOS DOCTRINALES: EL MATRIMONIO COMO SACRAMENTO

ESTUDIOS DOCTRINALES:

EL MATRIMONIO COMO SACRAMENTO

Ya hemos considerado el Matrimonio como Contrato Natural. Hoy veremos que se trata de un verdadero Sacramento de la Nueva Ley, instituido por Jesucristo.

La Iglesia enseñó siempre esta verdad, y la definió expresamente contra los protestantes en el Concilio de Trento, Sesión XXIV, del 11 de noviembre de 1563:

“El perpetuo e indisoluble lazo del matrimonio, proclamólo por inspiración del Espíritu divino el primer padre del género humano cuando dijo: Esto sí que es hueso de mis huesos y carne de mi carne. Por lo cual, abandonará el hombre a su padre y a su madre y se juntará a su mujer y serán dos en una sola carne [Gen. 2, 28 s; cf. Eph. 5, 31].

Que con este vínculo sólo dos se unen y se juntan, enseñólo más abiertamente Cristo Señor, cuando refiriendo, como pronunciadas por Dios, las últimas palabras, dijo: Así, pues, ya no son dos, sino una sola carne [Mt. 19, 6], e inmediatamente la firmeza de este lazo, con tanta anterioridad proclamada por Adán, confirmóla Él con estas palabras: Así, pues, lo que Dios unió, el hombre no lo separe [Mt. 19, 6; Mc. 10, 9].

Ahora bien, la gracia que perfeccionara aquel amor natural y confirmara la unidad indisoluble y santificara a los cónyuges, nos la mereció por su pasión el mismo Cristo, instituidor y realizador de los venerables sacramentos. Lo cual insinúa el Apóstol Pablo cuando dice: Varones, amad a vuestras mujeres, como Cristo amó a su Iglesia y se entregó a sí mismo por ella [Eph. 5, 25], añadiendo seguidamente: Este sacramento, grande es; pero yo digo, en Cristo y en la Iglesia [Eph. 5, 32].

Como quiera, pues, que el matrimonio en la ley del Evangelio aventaja por la gracia de Cristo a las antiguas nupcias, con razón nuestros santos Padres, los Concilios y la tradición de la Iglesia universal enseñaron siempre que debía ser contado entre los sacramentos de la Nueva Ley.

Furiosos contra esta tradición, los hombres impíos de este siglo, no sólo sintieron equivocadamente de este venerable sacramento, sino que, introduciendo, según su costumbre, con pretexto del Evangelio, la libertad de la carne, han afirmado de palabra o por escrito muchas cosas ajenas al sentir de la Iglesia Católica y a la costumbre aprobada desde los tiempos de los Apóstoles, no sin grande quebranto de los fieles de Cristo.

Deseando el santo y universal Concilio salir al paso de su temeridad, creyó que debían ser exterminadas las más notables herejías y errores de los predichos cismáticos, a fin de que el pernicioso contagio no arrastre a otros consigo, decretando contra esos mismos herejes y sus errores los siguientes anatematismos.”

Siguen los Cánones sobre el Sacramento del Matrimonio, entre los cuales ocupa el primer lugar el siguiente:

“Si alguno dijere que el matrimonio no es verdadera y propiamente uno de los siete sacramentos de la Ley del Evangelio, e instituido por Cristo Señor, sino inventado por los hombres en la Iglesia, y que no confiere la gracia, sea anatema.”

El Código de Derecho Canónico [salvo que indiquemos otra cosa, nos referimos siempre al del año 1917], en su canon 1012, se expresa de este modo: “Cristo Nuestro Señor elevó a la dignidad de sacramento el mismo contrato matrimonial entre bautizados. Por consiguiente, no puede haber entre ellos contrato matrimonial válido que, por el mismo hecho, no sea sacramento.”

La explicación de la sacramentalidad del Matrimonio la da Santo Tomás con las siguientes palabras: Sigue leyendo

VENEZUELA SE PROTESTANTIZA

SACRÍLEGOS ATAQUES A IMÁGENES DE LA VIRGEN EN VENEZUELA

VISTO EN CATOLICIDAD

Disparos, pintura y decapitaciones

El párroco de la Catedral de Barquisimeto (Venezuela), P. Ángel Castillo, celebró ayer entre gran conmoción y fervor popular una Misa de desagravio por los daños ocasionados a varias imágenes religiosas, entre ellos las estatuas de la virgen de la Divina Pastora, patrona del Estado Lara y la virgen de Coromoto, patrona de Venezuela, que amanecieron el jueves con impactos de balas y pintura.

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(Agencias/InfoCatólica) La acción de vandalismo se extendió en la madrugada del jueves por varios sectores de Barquisimeto causando serios daños al monumento a la Divina Pastora, en la redoma de Santa Rosa, así como otras imágenes de la patrona de los larenses en la plaza Macario Yépez y el paseo Madre del Salvador, al lado de la iglesia Coromoto, y de la Patrona de Venezuela, en la Cuesta Lara.
En la Plaza Macario Yepez, el ensamblaje del maestro Antonio J. Vargas realizado en cerámica hecha a mano y diversos materiales, sufrió las agresiones al ser destruida con pintura roja, mientras que en la Cuesta Lara el mural de Sandra de Granadillos, también fue manchado de pintura y astillado, y las imágenes de la virgen de Coromoto fueron parcialmente destruidas con impactos de bala.
Durante la madrugada de este jueves vecinos del monumento a la Divina Pastora en la Redoma de Santa Rosa vía Cabudare y otros en la Cuesta Lara escucharon numerosas detonaciones que les hicieron pensar en algún enfrentamiento entre delincuentes, sin embargo, no salieron de su sorpresa en la mañana cuando descubrieron que el objeto de las agresiones era la imagen de la patrona de Barquisimeto y de Lara, la Divina Pastora.
En la avenida Venezuela el último mural realizado por el artista Jesús Armando Villalón también fue objeto de daños por efectos de la pintura. Se desconoce quienes causaron los daños, sin embargo la comunidad larense atribuye los hechos a grupos vandálicos.
Condenas de los gobernantes
Estos ataques recibieron el repudio de la sociedad del estado de Lara y de varias autoridades locales, que calificaron estas acciones como “un atentado a la fe de los larenses”. Teodoro Campos, Secretario de Gobierno del estado Lara, aseguró que iniciarán las investigaciones. Campos explicó que desde hace unas semanas vienen registrándose hechos vandálicos en la región.
El alcalde Metropolitano, Antonio Ledezma, quien es precandidato presidencial, condenó los ataques, que de forma reiterada, se vienen sucediendo contra las imágenes de la Virgen de la Divina Pastora en el estado Lara. “Los ataques a la Divina Pastora constituyen un delito contra la fe y la esperanza de un pueblo devoto, representa una demostración flagrante de pérdida de valores ciudadanos y ejemplifica el pensamiento convertido en acción de quienes pretenden sumirnos en la deseperanza y el miedo para llevarnos a la oscurana de sus torcidas intenciones” acotó.
Al abordar los últimos cuatro ataques a las imágenes de la Divina Pastora en un intervalo de 24 horas, dejando al pueblo larense y a todo el país en total asombro , Ledezma destacó que la fe del pueblo larense “no está en las piedras tiroteadas por los enemigos de los creyentes, por los enemigos de la esperanza”. sino que reposa en la devoción indestructible hacia su Patrona. Las autoridades realizan las investigaciones para determinar la identidad de los autores de estos hechos.
Misa y procesión de desagravio
El padre Ángel Castillo, párroco de la catedral de Barquisimeto, rechazó estos ataques y llamó a los fieles a asistir esta tarde a la Misa de desagravio, para pedir a Dios y a la Virgen por la conversión de los que dañaron las imágenes. Al día siguiente se celebró una misa en la catedral para pedir perdón a la Virgen por las ofensas que se le hicieron. La homilía estuvo cargada de emotividad.
Los fieles aplaudieron y cantaron a la imagen. Además realizaron una pequeña procesión en la iglesia y plaza central de la Catedral. Por la noche, una vigilia en Santa Rosa en donde reposa la imagen de la Divina Pastora y ayer una concentración y misa en la catedral en rechazo a la agresión a las imágenes de la Virgen María.
Mons. Baltazar Porras: ensañamiento y coordinación en los ataques
El arzobispo de Mérida, Mons. Baltazar Porras, consideró que los recientes ataques a las imágenes de la Divina Pastora y la Virgen de Coromoto en Lara, así como a la figura José Gregorio Hernández en Yaracuy, aseguró que los ataques no son simples actos vandálicos, sino que tienen otra intencionalidad: “Hay un ensañamiento, son varios ataques de forma coordinada, lo que indica que no fueron cometidos por algún desadaptado espontáneo”.Consideró que los ataques son consecuencia de la violencia generada por el discurso político, pero no descartó ninguna hipótesis, como que se trate de algún grupo cuyas creencias vayan contra las creencias de la Iglesia católica. “Pero vivimos en una sociedad tan politizada que parece que no hay límites en este aspecto, Dios quiera que no sea así”, agregó.
Baltazar Porras consideró necesaria una clarificación de los hechos y que no queden en simple anécdota. Lamentó que cuando ocurre cualquier calificativo denigrante contra el oficialismo, las autoridades sí actúan de manera inmediata, y en los ataques a las imágenes religiosas no sea así.
También en el estado de Yaracuy
Ayer, al parecer el mismo grupo de vándalos sacrílegos se trasladó al vecino estado Yaracuy, provocando igual conmoción entre los pobladores. Comenzaron por cubrir parcialmente de pintura la estatua de la patrona de Yaritagua, Santa Lucía, que forma parte del Museo Vial Religioso existente en el vecino estado y único en su tipo en toda Venezuela. Allí cubrieron la placa identificatoria ubicada en el pedestal y luego lanzaron pintura roja a la estatua aunque sólo lograron mancharla en sus manos cruzadas y parte del pecho y cuello.
De allí se trasladaron a Sabana de Parra, llegando hasta la pequeña plaza José Gregorio Hernández, al este de la capital del municipio José Antonio Páez, y causaron serios daños a la estatua del Siervo de Dios. Se cree que en esta oportunidad los delincuentes llegaron armados con trozos de madera con los cuales golpearon la figura hasta despojarle de la cabeza y un brazo, los cuales quedaron en el suelo, convertidos en pequeños trozos de yeso.Pero más adelante, también al lado de la Autopista Centroccidental, la estatua de Nuestra Señora del Rosario, patrona del municipio José Antonio Páez, igualmente resultó dañada al lanzarle porciones de pintura roja, además de impactarle con objetos contundentes en la cara, aunque en un párpado parece divisársele un agujero causado con un proyectil. Como ocurrió con la de Santa Lucía, también cubrieron de rojo la placa que le identifica.Se conoció que desde la Gobernación de Yaracuy se ordenó una investigación, esperándose se ordene la restauración de ambas imágenes y la sustitución por otra de la de José Gregorio Hernández que ya había sido rehabilitada por la alcaldía de Páez en mayo de 2005.
En la mañana, el grupo de mototaxistas que tiene su parada frente al parque se sorprendieron ingratamente al observar a José Gregorio Hernández decapitado y carente de uno de sus brazos. “Nosotros pedimos se investigue esto que es muy grave porque es un atentado contra la fe católica además de una prueba más de la inseguridad”, coincidieron los mototaxistas.

ESTUDIOS DOCTRINALES: NATURALEZA JURÍDICA DEL MATRIMONIO

NATURALEZA JURÍDICA DEL MATRIMONIO

Un lector nos ha hecho llegar gentilmente las siguientes precisiones sobre el Matrimonio considerado desde el punto de vista del derecho civil.

Considerando que pueden interesar al resto de los lectores, las publicamos, al mismo tiempo que agradecemos la participación.

Existen tres teorías al respecto

1. La teoría del matrimonio como un contrato: Para la cual el matrimonio es un contrato, es decir un acuerdo de voluntades entre dos personas que hacen surgir derechos y obligaciones entre ellas.

La objeción que existe a esta teoría es que el contrato crea derechos y obligaciones de carácter económico, mientras que el matrimonio genera derechos y obligaciones de carácter moral.

La Teoría Civil dice que el matrimonio es un contrato especial donde priman los caracteres de índole personal, los cuales, inclusive, permiten disolverlo bajo sanción de la autoridad.

2. La teoría del matrimonio como un acto jurídico: Esta doctrina toma como base que existen actos jurídicos públicos y actos privados; los primeros con los cuales actúa el Estado; los segundos los que son realizados por los particulares.

En el matrimonio se conjuntan ambos, es decir la participación del Estado, a través del funcionario que autoriza el matrimonio, y la participación de los particulares o contrayentes.

Es un acto jurídico matrimonial y no un contrato en la noción tradicional. Es un acto jurídico bilateral que se constituye por el consentimiento de los contrayentes, pero integrado por la actuación también constitutiva del oficial público encargado del Registro Civil o de la autoridad competente para celebrar el matrimonio, para hacer efectivo un control de legalidad de parte del Estado.

3. La teoría del matrimonio como una institución social: Considera al matrimonio como un ente creado y regulado por sus propias normas y reglas que le han sido otorgadas por el Estado con el objeto de darle una seguridad social a dicha institución.

La Teoría Institucional dice que el matrimonio es una institución creada por el Estado para proteger y garantizar las relaciones familiares a los que los pretendientes se adhieren a través de un acto jurídico (Manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas) complejo, formalizado ante la autoridad estatal en la que por libre manifestación de voluntad consienten en unirse, sin la posibilidad futura de disolver tal unión, a no ser que intervenga autoridad judicial.

Legislación argentina

Fuentes del Código Civil

Para la redacción del Código, Dalmacio Vélez Sárfield se inspiró en Códigos contemporáneos o pasados, en leyes nacionales e internacionales y en buena parte de la doctrina reinante en la época.

Entre las fuentes pueden contarse el Derecho Romano, la legislación española y patria, el Derecho Canónico, el Código de Napoleón y sus comentaristas, la obra de Freitas y otras fuentes menores.

Derecho romano

El Derecho romano no fue una fuente directa del Código Civil, de modo que ninguna de sus disposiciones fue extraída directamente del Corpus Iuris Civilis o de algún pasaje de algún jurisconsulto romano.

Empero, Vélez Sársfield volvió en la regulación de algunas instituciones a los criterios romanos, aun los que no eran tenidos en cuenta por la codificación contemporánea. Éste fue el caso de la tradición como modo de transmitir el dominio, que en el código francés había sido sustituido por la pura manifestación del consentimiento.

Además, en las notas del codificador existen citas de aquellas leyes, pero se trata de referencias de segunda mano.

La influencia indirecta romana se refleja en gran parte de la doctrina utilizada por el autor, en especial las estructuras de carácter patrimonial.

La principal influencia en el trabajo de Vélez Sarsfield fue el romanista alemán Friedrich Karl Von Savigny con su obra Sistema de Derecho Romano Actual (System des heutigen römischen Rechts), utilizada especialmente en lo referido a personas jurídicas, obligaciones, dominio y posesión, y la adopción del principio de domicilio como elemento determinante de la ley aplicable al estado y la capacidad de las personas.

Legislación española y patria

Terminada la labor de recopilación, Vélez Sársfield fue criticado por haber dejado de lado la utilización como fuente la legislación española, que en ese momento era la propia. Uno de estos críticos fue Juan Bautista Alberdi, quien fue refutado por la crítica moderna y por el propio Vélez:

“Si el doctor Alberdi hubiese recorrido siquiera ligeramente mi proyecto de Código, hubiera encontrado que la primera fuente de que me valgo, son las leyes que nos rigen. El mayor número de los artículos tienen la nota de una ley de Partidas, del Fuero Real, de las recopiladas.”

La influencia de esta legislación en lo referente a su método y técnica fue prácticamente nula, lo que se comprende por la dispersión que la caracterizaba. Aún así, en lo referente al material y al sentido y alcance de las disposiciones, Vélez se valió del antiguo Derecho, adoptándolo a las nuevas necesidades.

La legislación patria tuvo poca relevancia en materia de Derecho privado; aunque sin embargo, influyó parcialmente en el trabajo del codificador. Éste es el caso de la vocación hereditaria que reconoce al cónyuge el artículo 3.572, cuyo antecedente es una ley dictada por la Legislatura de Buenos Aires el 22 de mayo de 1857.

Vélez también tuvo en cuenta los usos y costumbres del país, en especial en lo referente a la organización familiar.

Derecho canónico

El Derecho Canónico tuvo una gran influencia en lo referente al Derecho de familia, en especial sobre el matrimonio. Vélez Sársfield dejó este instituto bajo la jurisdicción de la Iglesia Católica, tomando la institución del matrimonio canónico y adjudicándole efectos civiles. Pero la validez del matrimonio quedó sujeta al régimen canónico y a las disposiciones de los tribunales eclesiásticos, lo que se mantendría hasta la sanción de la Ley de matrimonio civil. En relación a esto, el codificador argumentó:

“Las personas católicas, como las de los pueblos de la República Argentina, no podrían contraer el matrimonio civil. Para ellas sería un perpetuo concubinato, condenado por su religión y por las costumbres del país. La ley que autorizara tales matrimonios, en el estado actual de nuestra sociedad, desconocería la misión de las leyes que es sostener y acrecentar el poder de las costumbres y no enervarlas y corromperlas. Sería incitar a las personas católicas a desconocer los preceptos de su religión, sin resultado favorable a los pueblos y a las familias.

Para los que no profesan la religión católica, la ley que da al matrimonio carácter religioso, no ataca en manera alguna la libertad de cultos, pues que ella a nadie obliga a abjurar sus creencias. Cada uno puede invocar a Dios en los altares de su culto.”

Esta resolución tomada por Vélez Sarsfield, tiene su explicación en los usos y costumbres del momento, como lo prueba la sanción de una ley de matrimonio civil, por parte de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe en 1867: la ley produjo una reacción popular que culminó con la renuncia del gobernador y la disolución de la Legislatura, que al volverse a constituir la dejó sin efecto.

Nuestro derecho positivo había consagrado la indisolubilidad del matrimonio, salvo por causa de muerte de uno de los cónyuges, ya que el divorcio, en la ley 2393 se reducía a la separación personal de los esposos.

A partir de la ley 23515 se establece el divorcio vincular que disuelve el vínculo matrimonial. No se considera al acto jurídico como fuente de relaciones jurídicas, sino al estado de familia en sí, o a las relaciones jurídicas matrimoniales que se constituyen a partir del acto jurídico matrimonial.

ANGLICANOS Y CATÓLICOS PUEDEN AYUDARSE MUTUAMENTE PARA CRECER EN LA FE

Sábado, 28 may (RV).- En Italia, concluyó el primer encuentro de la Comisión Internacional anglicana-católica, que se ha venido celebrando desde el 17 de mayo en el Monasterio de Bose, cerca de Biella. «En respuesta al programa de trabajos propuesto por el Papa Benedicto XVI y por el Arzobispo de Canterbury, Rowan Williams, en su Declaración Común de 2006, los debates se centraron sobre la Iglesia como Comunión local y universal y cómo, en la comunión, la Iglesia local y universal logra discernir la justa enseñanza ética».

Lo anuncia un comunicado del Pontificio Consejo para la Unidad de los Cristianos, señalando asimismo que «también en conformidad con el programa, la misma Comisión ha reexaminado la forma en que se debe comprender y desarrollar el compromiso en favor del objetivo común de la recomposición de la comunión plena en la fe y en la vida sacramental». Teniendo en cuenta asimismo la forma de presentar el trabajo realizado para favorecer su recepción.

«Anglicanos y católicos pueden ayudarse mutuamente para crecer en la fe, en la vida y en el testimonio cristiano, permaneciendo abiertos y dispuestos a dejarse transformar por la gracia divina, mediada por los unos y los otros», se lee también en este comunicado que hace hincapié en el anhelo de impulsar el camino ecuménico. 

La próxima reunión de la Comisión internacional anglicana-católica está prevista para el año 2012, termina anunciando este comunicado, tras destacar que, en preparación de dicha cita se organizarán los textos y se proseguirá el trabajo propuesto «que ve la Iglesia, sobre todo, a la luz de su estar arraigada en Cristo en el misterio pascual. Este acento puesto en Jesucristo – humano y divino – permite a esta Comisión enfocar de forma creativa la relación entre la Iglesia local y universal en la comunión». Además «la misma Comisión se propone desarrollar una interpretación teológica de la persona, de la sociedad humana y de la nueva vida de gracia en Cristo».

EL REMEDIO DE NUESTRA TRISTEZA

OBRAS EUCARÍSTICAS DE SAN PEDRO JULIÁN EYMARD


Insigne apóstol de la eucaristía
 y
 fundador de los religiosos
 y 
de las siervas del Santísimo Sacramento






Qui jucundus eram et dilectus in potestate mea…, ecce pereo tristitia magna, in terra aliena…
“Yo que estaba tan contento y querido en mi reino, he aquí que muero de profunda tristeza en tierra extraña”.

I
Nos agobia una profunda tristeza que queda pegada al fondo de nuestro corazón sin que podamos desecharla. No hay alegría para nosotros en la tierra, por lo menos alegría que dure un poco y no acabe en llanto; no la hay ni puede haber. Se nos arroja de nuestra casa, de la casa paterna. Esta tristeza forma parte integrante del patrimonio legado por Adán pecador a su desdichada posteridad.
Lo sentimos sobre todo cuando nos encontramos a solas. A veces llega  a ser espantosa. En nosotros se encuentra, pero no sabemos de donde proviene. Los que no tienen fe acaban desanimándose, se desesperan y prefieren la muerte a semejante vida, lo cual es un crimen horrible y prenda de reprobación.
En cuanto a nosotros, cristianos, ¿que remedio encontraremos contra esta nativa tristeza? ¿La práctica de la virtud tal vez, o el celo de la perfección cristiana? No basta eso. Las pruebas y las tentaciones le darán aún muchas veces el triunfo. Cuando esta tristeza cruel domina a un corazón nada se puede ya hacer ni decir; siéntese uno como abrumado mas allá de sus fuerzas. En el huerto de los olivos Nuestro Señor pensó en morir por ello. Y durante sus treinta y tres años vivió constantemente bajo una impresión dolorosa. Era manso y bueno, pero triste, porque se cargó con nuestras enfermedades. ¡Ved cómo lloraba Nuestro Señor! Lo nota el evangelio, y eso que nunca dice que se riera…
A semejanza de su Divino Maestro, tristes pasaban también la vida los santos, lo cual provenía de su condición de desterrados, del mal que veían en torno suyo, de la imposibilidad en que se encontraban de glorificar a Dios cuanto querían. Pero sobrenaturalizaban su tristeza.
Contra este mal universal hace falta, por consiguiente, un remedio. Consiste en no quedar en sí ni consigo: hay que desahogar la tristeza, si no queremos que ella nos arrastre como un torrente. Pero en esto muchos buscan consuelos humanos y se desahogan con un amigo o un director, y esto no basta; sobre todo cuando Dios nos envía un aumento de tristeza como prueba, ¡Oh! entonces nada hay que valga. Antes al contrario, cáese más profundamente al observar que ni las buenas palabras ni los avisos paternales nos han devuelto la alegría ni disipado las nubes de tristeza, y el demonio se aprovecha de ello para hacernos perder la confianza en Dios; y almas se ven, y de las más puras y santas, huir como Adán en el paraíso, de Dios y tener miedo de hablar con Él. La oración puede aliviar un poco la tristeza; pero no basta para dar una alegría pura y duradera. Nuestro Señor oró por tres veces en el Getsemaní, pero no para su tristeza; no recibió más que fueras para soportarla.
Una buena confesión nos devuelve también la calma; pero el pensamiento de haber ofendido a un Dios tan bueno es muy a propósito para volver a entristecernos.
¿Dónde hallará, pues, el verdadero remedio?

II

El remedio absoluto es la comunión; es éste un remedio siempre nuevo y siempre enérgico, ante el cual cede la tristeza. Nuestro Señor se ha puesto en la Eucaristía y se nos viene para combatir directamente la tristeza. Siendo como principio que no hay una sola alma que comulgue con deseo sincero, con verdadera hambre, y se quede triste en la Comunión. Puede que la tristeza vuelva más tarde, porque es propia de nuestra condición de desterrados; y aún volverá tanto más pronto cuanto mayor prisa nos demos en replegarnos sobre nosotros mismos y no permanezcamos bastante tiempo considerando la bondad de Nuestro Señor, pero estar tristes en el momento en que Jesús entra en nosotros, eso jamás. Es un festín la Comunión; en ella celebra Jesús sus bodas con el alma fiel; ¿cómo, pues, queréis que lloremos? Apelo a vuestra experiencia personal; cada vez que a pesar de haber hecho una buena confesión estabais tristes antes de la Comunión, no habéis visto renacer la alegría al bajar Nuestro Señor a vuestro corazón?
¿No se quedó en el colmo de la alegría el publicano Zaqueo cuando recibió a Jesucristo, por más que tuviese sobrados motivos de tristeza en las depredaciones de que se le acusaba?
Tristes iban por el camino los dos discípulos de Emaús y eso que iban en compañía del mismo Jesús, quien les hablaba e instruía; pero en llegando la fracción del pan, muy luego se sienten poseídos de dicha, el júbilo desborda de sus corazones, y a pesar de la noche, de lo largo del camino y del cansancio, va a anunciar su gozo y compartirlo con los Apóstoles.
Pongamos los ojos en un pecador que ha cometido toda clase de crímenes. Se confiesa, y sus heridas se cierran. Entra en convalecencia; pero está siempre triste, su conversión le hace más sensible, y llora lo que antes ni lo sentía siquiera: la pena causada a Dios. Tanto más profunda resulta su melancolía cuanto su conversión es más sincera y más ilustrada. ¡He ofendido a un Dios tan bueno!, se dice entre sí. Si le dejáis así a solas, la tristeza le oprimirá  y el demonio le sepultará en el desaliento. Hacedle comulgar; sienta en sí la bondad de Dios y su alma se henchirá de gozo y de paz. ¡Cómo!, se dice. ¡Si he recibido el pan de los ángeles! ¡Luego me he hecho amigo de Dios! Ya no le apenan sus pecados por ese momento; Nuestro Señor le dice con sus propios labios que está perdonado. ¿Cómo no creerlo?
¡Oh! La alegría que nos trae la Comunión es la más bella demostración de la presencia de Dios en la Eucaristía. Nuestro Señor se demuestra a sí propio haciendo sentir su presencia. “Yo iré a aquél que me amare y me manifestaré a él”. Manifiéstase, efectivamente, con la alegría que le acompaña.
III

Notad para vuestra propia conducta que hay dos clases de alegría. Hay en primer lugar una alegría que es resultado del feliz éxito, del bien que se ha hecho, la que trae consigo la práctica de la virtud. Es el júbilo del triunfo y de la cosecha. Buena es, pero no la busquéis, porque, como se apoya en vosotros no es sólida, y bien pudiera ser que en ella consistiera toda vuestra recompensa.
Pero la otra, que proviene de la Comunión, cuya causa nos vemos obligados a confesar que no está en nosotros, sino sólo en Jesús, que no guarda relación alguna con nuestras obras, ésta aceptémosla sin reparos y descansemos en ella cuando nos la trae Nuestro Señor, pues es del todo suya. El niño con no tener ninguna virtud ni merecimiento alguno, goza, sin embargo de la dicha de estar al lado de su madre, de igual manera sea la presencia del Señor el único motivo de nuestra alegría. No indaguéis hasta que punto habéis podido merecer el gozo que experimentáis, sino regocijaos por tener a Nuestro Señor y quedaos a sus pies paladeando vuestra dicha y gustando su bondad.
Muchos hay que temen pensar demasiado en la bondad de Dios, porque esto pide que en retorno nos demos por entero y sin contar: prefieren la ley. Queda uno libre, una vez que la hay cumplido. Cálculo mezquino es éste que no deben hacer las almas a quienes Él se da con tanta profusión. Gustemos sin temor de la bondad de Dios; recibamos con avidez la alegría que se nos ofrece, dispuestos a dar generosamente a Nuestro Señor cuando le plazca pedirnos en correspondencia.
VISTO EN: ECCE CRISTIANUS

PADRE CASTELLANI: LA PARUSÍA

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LA PARUSÍA

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- Lacunza ¿cuándo vivió y por qué está en el “Index”?

La Parusía es hoy día el punto más importante de la Sagrada Escritura. Para el católico es un dogma. La Iglesia no ha definido nada acerca de la enconada división que existe hoy entre “literalistas y alegoristas”, discusión que comenzó en el siglo IV: tiempo no le ha faltado.

Parusía es el nombre técnico de la Segunda Venida de Cristo: es palabra griega que significa entre otras cosas “venida, llegada”, o sea “adviento” o “advenimiento”. San Mateo la usó una vez en su Evangelio: En ese tiempo significaba principalmente la llegada solemne de un Rey a una de sus ciudades. Los Apóstoles la siguieron usando para significar el retorno glorioso de Cristo. Estamos cerca del adviento en el cual tiempo la Iglesia predica dos domingos acerca del “Adventus” del Señor; el cual está en el Credo: “Creo en la resurrección de la carne… y desde allí ha de volver a juzgar los vivos y los muertos”.

Creo que es el punto más viviente de la exégesis de la Escritura: son profecías por cumplirse. Las antiguas profecías referentes a la primera Venida, se han cumplido y han sido estudiadas profundamente; para los fieles no son problema; existen listas ordenadas de los vaticinios mesiánicos hebreos y su cumplimiento, de las cuales la más conocida es la de Blas Pascal. Las profecías de la Segunda Venida no se han cumplido todavía; y existe acerca dellas una viva lucha subterránea de la que los fieles no suelen estar enterados. Incluso le puede venir a uno una condena fulminante de un Monsiñore que NO sabe de qué se trata y a quien le ha llegado una acusación malintencionada de un politicastro argentino.

Las antiguas profecías hoy no son problema: sin embargo para los Santos Padres eran ellas (y no los milagros) el principal argumento pro la Divinidad de Cristo: en parte por la razón obvia de que la Primitiva Iglesia se dirigía primeramente a los judíos, los cuales tenían las profecías y las tenían por inspiradas e infalibles, y no admitían como inspirados los Evangelios, donde están los milagros.

En 1919 siendo estudiante (o mejor dicho “novicio” en Córdoba) le dije a uno de mis profesores, el P. Luis Parola: “Las profecías no me convencen mucho. Los Santos Padres eran hombres inteligentes y hábiles y las Profecías hebreas constituyen una masa enorme de literatura. ¿No sería posible que los Santos Padres primeros hayan acomodado rasgos sueltos y versículos separados desa literatura a la imagen de Cristo que ellos ya conocían? ¡No deliberadamente por supuesto!”. El me miró un momento, y luego me dijo: “Hágalo”.

“-¿Cómo?”. “Haga eso, pruebe a hacer eso: tome las escrituras y trate de hacer un retrato con ella de Alejandro el Magno, Carlomagno, San Francisco de Asís, Napoleón o cualquier personaje de la historia que conozca”. La respuesta es contundente efectivamente e imposible. La vida del Rey Mesías está reseñada (o espejada) en las antiguas profecías desde su nacimiento en Belén hasta su Pasión y Muerte y Resurrección, junto con los sucesos concomitantes, como la destrucción de Jerusalén, la dispersión de los judíos y la fundación de la Iglesia. Sería enteramente risible querer acomodar las profecías a cualquier otro personaje, no solamente real, sino solamente posible. Para burlarse de los ataques de los hipercríticos germanos, un ironista francés (cuyo nombre se me escapa ahora) escribió un libro en que con el método de los sabios incrédulos probó, ¡que Napoleón no había existido!. “Napoleón Bonaparte, mito solar”.

Si eso es verdad tomando las profecías sueltas, hay un hecho todavía más aplastante y es el conjunto dellas. El núcleo dese conjunto, que como un hilo conductor corre a todo lo largo desde el Génesis a Malaquías, es el Rey Mesías y el Reino del Mesías: el cual va a aparecer en Israel un Rey extraordinario y va a fundar un Reino Universal, y ese Rey está marcado hasta el tiempo de su aparición en las setenta semanas de Daniel. Daniel hizo la profecía más clara acerca del Reino Mesiánico y marcó su aparición a 70 semanas de años de su profecía; cerca de 500 años; y esos 500 años se estaban llenando cuando apareció Cristo y por eso había tal efervescencia religiosa en Palestina entonces; efervescencia en la cual se injertó la prédica de Juan el Bautista y la de Cristo. Hoy día los judíos tienen un mandato en el Talmud: “Maldito sea el que compute los años de Daniel”. En efecto, los años de Daniel son fatales para el judío que todavía espera la llegada del Rey Mesías. Han pasado ya cerca de 2.500 años.

Existen por tanto dos hechos enormes que se conjugan formando un milagro mayor que la resurrección de un muerto: son como vertientes históricas que confluyen en un punto, que es Cristo.

Una vertiente es la historia antigua que conocemos mejor de todas, de un pueblo que tiene la mayor y mejor literatura de todos los antiguos: en él y en ella, una inmensa esperanza de un Rey Salvador, llamado así “Jeshuª”, Jesús, y de un Reino Universal justo y santo se va concretando en pormenores más precisos cada vez hasta llegar al tiempo, que es el 752 de Roma y primero de nuestra era; y la otra vertiente correlativa tomando desde nosotros que estamos aquí desciende hasta esa misma fecha a través de toda la historia de Europa y el mundo hasta ese mismo punto, reflejando como un espejo la otra vertiente, esa inmensa expectación.  ¡Y estas dos vertientes cubren más de 40 siglos!. Eso solamente lo puede hacer un Ser que sea dueño de toda la historia, que esté por encima de los tiempos; no lo pueden hacer ni el artificio o malicia de los hombres ni el azar o casualidad mucho menos. “Si yo me engaño, oh Dios, -decía el Canciller Juan Gerson- eres Tú quien me ha engañado”.

Este es el milagro de las profecías: todas las profecías particulares han sido atacadas una por una (y defendidas) desde que existe la Iglesia; pero su conjunto es absolutamente inatacable. Ahora bien, si las profecías antiguas, las profecías que quedan se van a cumplir también. En esta conferencia tratamos de nuestro futuro; del futuro del mundo y del futuro personal de cada uno de nosotros.

La exégesis de toda la Escritura voltea hoy día en torno de la exégesis del Apokalipsi; y la exégesis del Apokalipsi voltea en torno del Capítulo Veinte. Esta es la situación neta. Este capítulo puede interpretarse alegóricamente o bien literalmente; es decir, o es una alegoría o “mito”, o es una profecía. No hay otra salida.

El capítulo XX, que leeré al final, predice esencialmente dos resurrecciones al fin del mundo; y entre ellas un largo período de tiempo (“1.000 años”) de prosperidad de la Iglesia, llamado “el Milenio” o el Reino Milenario.

He traducido un libro llamado “La Iglesia Patrística y la Parusía” del P. Jesuita español Florentino Alcañiz que acaba de salir al público. En él se recogen simplemente todos los dichos de todos los Santos Padres y Doctores de los primeros cinco siglos.

El Resultado es el siguiente: todos los Santos Padres que han hablado del punto creen literalmente en el Reino Milenario; no creen en la interpretación alegórica; ni menos en la interpretación literal crasa o carnal del heresiarca judío Kerinthos o Cerinto; a la cual algunos atacan fieramente.

Hay pues tres interpretaciones posibles del Apokalipsis y nada más que tres: dos católicas y una herética.

1º) La interpretación literal patrística. Ella cree, como he dicho, que habrá en efecto dos resurrecciones después de la Venida de Cristo y la derrota del Anticristo, y un nuevo reino de Cristo en la tierra de gran paz y prosperidad; y este espacio de tiempo será el Juicio final, con la resurrección Universal, también de los malvados, al final. Los que exponen totalmente esta doctrina son San Ireneo Obispo de Lyon en el siglo II, y el retórico Lactancio, el maestro de San Agustín en el Cuarto siglo; pero es común a toda la Iglesia. También el poeta romano Commodiano en un largo poema en hexámetros llamado “El Juicio”; y en gran parte uno de los cuatro Doctores Máximos de la Iglesia Latina, San Ambrosio, también maestro de San Agustín. Todos los demás fragmentariamente. Naturalmente estoy hablando de los escritos que nos quedan: muchas obras dese tiempo se han perdido y nos quedan fragmentos o solamente el título.

2º) Casi al mismo tiempo que los Apóstoles, viviendo el Apóstol Juan, un hereje de origen judío, Kerinthos, suscitó una complicada herejía con una interpretación carnal o crasa de las profecías escatológicas: que según él predicen la restauración o instauración del poderío judío en el mundo por medio de Cristo,  un reino mundano en el cual los judíos cristianos se van a vengar de sus enemigos incluso por medio de guerras (imaginemos a Jesucristo sentado en un trono en Jerusalén con un Rattenbach y un Alzogaray al lado) la restauración de la ley de Moisés con la circuncisión, el Templo y los sacrificios de animales; o sea, la idea de los fariseos en tiempo de Cristo y finalmente, como recompensa por las penurias sufridas por los justos, grandes fiestas, festejos y francachelas, bastante carnales al parecer, si no obscenas; lo cual pone furioso a San Jerónimo. Digo “al parecer” porque no nos ha quedado una sola línea de los escritos de Kerintos; conocemos su herejía por las refutaciones, casi siempre indignadas, de los Santos Padres. “Milenismo carnal, milenismo craso o kiliasmo” se llama esta herejía. Sigue leyendo

PADRE CASTELLANI: SOBRE LOS JUDIOS

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SOBRE LOS JUDIOS

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 Tengo que agradecerles esta asistencia a las lecciones, a pesar de que mi tema no es la política ni son charlas amenísimas como las de Julián Marías: asistencia en todos los sentidos, pues han asistido también a los pequeños gastos con exceso. Personas muy inteligentes han asistido y me han la amistad de no censurarme, al contrario; trataré de remediar sus faltas si las publico; y trataré de publicarlas: me figuro que si mando un ejemplar a un Padre del Concilio, al Obispo Quarracino o a Monseñor Cardenal Guiseppe Siri, Arzobispo de Génova me lo va a apreciar mucho. Como digo, el auditorio se ha caracterizado por su inteligencia; hoy mismo hay aquí uno de los mejores publicistas argentinos sino el mejor; que sobre la cuestión judía en concreto sabe más que yo.

Efectivamente existe el famoso “problema judío” pero no voy a tratar dél ahora; que se peleen el P. Meinvielle y el diario “El Mundo”.

El abogado Roberto Olejaveska dijo días pasados por televisión: “No hay problema judío. No hay judíos y cristianos: hay hombres decentes y hombres indecentes, y eso es lo que importa. Hay judíos buenos (a los cuales él pertenece por cierto) y judíos malos, cristianos buenos y cristianos malos; y eso es todo”.

Tiene razón Olejaveska; pero eso no es todo. Hay también judíos y cristianos; son dos religiones diferentes y opuestas, máximamente opuestas entre sí, más que las otras religiones; y por tanto allí hay un problema de convivencia; y por otro lado, los judíos malos que hoy día tienen mucho poder, y que por su raza y su religión forman cuerpo con los otros (lo mismo que los malos cristianos) son otro problema aunque no tan grave como el de los malos cristianos.

Pero todo esto ya lo ha enseñado Meinvielle.

Esta relación singular de las dos religiones, de oposición y de parentesco a la vez está expresada en dos chistes judíos—inventados por judíos.

La Religión de Cristo es en cierto modo una continuación de la de Moisés, es un “injerto”; como dice San Pablo: es una continuación pero también una oposición. De los protestantes podemos decir que son ramas cortadas de la Iglesia, pero de los judíos no; son la raíz. De ahí surge una relación peculiar entre Cristianismo y Judaísmo, una relación “dialéctica”, compuesta de dos factores contrarios como veremos luego en San Pablo.

La distinción de “judíos buenos y judíos malos” es vaga. Tal como existen hoy día, la distinción real es “judíos que han adherido a la Revolución Mundial” y “judíos que no adhieren a ella”. Los primeros, que han puesto sus inmensos caudales, su inteligencia y su actividad infatigable en la empresa demoníaca de destruir la Iglesia y todo lo que ella nuclea, el Orden Romano, la Civilización Europea, son hoy día una de las fuerzas que mueven los sucesos del mundo. Sobre esa fuerza hay muchos libros escritos; yo he traducido uno del Comandante William Carr, “Los Títeres en el Tablado” que aún no se ha publicado. Hay que decir que no todos los que manejan ese poder secreto son  judíos, hay también católicos y protestantes renegados o apóstatas, en qué proporción no lo sé pero es cierto que su dirección y sentido es judásica, es decir, de Judas. Algunos destos son comunistas; otros son furiosamente anticristianos y quieren servirse incluso del comunismo. Su meta es un gran imperio mundial ateo, que sería gobernado por ellos. La idea es judaica—o judásica.

No voy a tratar desa fuerza o poder secreto en esta conferencia, pues mi tema es la Sagrada Escritura. Voy a tratar de lo que dice la Escritura acerca de los Judíos, como pueblo y como raza: como elemento indispensable del movimiento religioso del mundo; o sea, del Reino de Dios.

Hay en las Profecías tres CONSTANTES repetidas hasta la saciedad:

I -Israel va a pecar horriblemente.

prima: Israel va a ser abandonada por Dios y castigada horriblemente.

II -secunda: Arrepentimiento y conversión de Israel.

Tercia: Inmenso castigo de Dios al Universo (pongo estos tres sucesos bajo una misma cabeza porque en los Profetas están juntos y aun mezclados).

III-Israel se va a levantar más grande que nunca. Esto es lo que tenemos en Isaías, en Zacarías, en Ezequiel, en Jeremías y en todos los Profetas, junto con un hilo constante que atraviesa todos los profetas, y es: EL REY MESÍAS.

Interpretación católica vulgar destos vaticinios judíos, medio verdadera y medio falsa: estos vaticinios se refieren a la CAUTIVIDAD babilónica y a la vuelta del cautiverio.

Objeción inmediata: no caben las profecías en esta interpretación; quedan enormemente sobrantes y vacías, tanto que entonces se podrían llamar simplemente PROFECIAS FALSAS de puro EXAGERADAS.

Respuesta exacta: el cautiverio de los judíos en Babilonia (70 años) es simplemente el “typo”; el “antitypo” es la restauración de todas las cosas en las DOS venidas del Mesías; el cual antitypo comprende también la Iglesia, que corresponde a la restauración espiritual de la Primera Venida. (Ya hemos visto “typo” y “antitypo”).

Este es el núcleo de mi conferencia: la suerte de la Iglesia y la suerte de los judíos están entremezcladas; son dos partes de una misma cosa, con una misma cosa. Dios eligió al pueblo judío y Dios se desposó con Israel: las elecciones de Dios son sin arrepentimiento, y los desposorios de Dios son indisolubles. Pilatos puso en la cruz un letrero en tres idiomas que decía: “Jesús Nazareno Rey de los Judíos”. Los fariseos le reclamaron: “Quita ese letrero, es falso, no lo queremos por Rey”. Pilatos no lo quitó. Sigue leyendo

P. CERIANI: SERMÓN PARA LA DOMÍNICA QUINTA DE PASCUA

QUINTO DE PASCUA

 

En aquel tiempo dijo Jesús a sus discípulos: verdad, en verdad os digo: lo que pidáis al Padre os lo dará en mi nombre. Hasta ahora nada le habéis pedido en mi nombre. Pedid y recibiréis, para que vuestro gozo sea colmado.

Os he dicho todo esto en parábolas. Se acerca la hora en que ya no os hablaré en parábolas, sino que con toda claridad os hablaré acerca del Padre. Aquel día pediréis en mi nombre y no os digo que yo rogaré al Padre por vosotros, pues el Padre mismo os ama, porque me amáis a mí y creéis que salí de Dios.

Salí del Padre y he venido al mundo. Otra vez dejo el mundo y voy al Padre.

Le dicen sus discípulos: “Ahora sí que hablas claro, y no dices ninguna parábola. Sabemos ahora que lo sabes todo y no necesitas que nadie te pregunte. Por esto creemos que has salido de Dios”.

 El domingo pasado hemos comentado estas palabras de Nuestro Señor: Me voy a Aquel que me ha enviado, aplicándolas a nosotros mismos.

Comentaremos hoy estas otras, Salí del Padre y he venido al mundo. Otra vez dejo el mundo y voy al Padre, pero teniendo en cuenta su aplicación directa al Verbo Encarnado, Nuestro Señor Jesucristo.

Inmediatamente, como introducción y para ambientarnos, evoquemos un magnífico párrafo de San Hilario:

“El Hijo salió de Dios y fue enviado por Él. Por esto dice: “Y creísteis que salí de Dios”. Esto lo dice de su nacimiento y de su venida, y así añade: “Salí del Padre y vine al mundo”. Lo uno se refiere a su Encarnación, y lo otro a su Naturaleza Divina. Porque el venir del Padre y salir del Padre no significa lo mismo, pues una cosa es salir de Dios en la substancia de su origen, y otra venir del Padre al mundo para consumar los misterios de nuestra redención. Y como el salir de Dios es poseer la sustancia de su nacimiento, ¿qué otro puede ser sino Dios?”

A) Contemplemos, primero, el misterio de la preexistencia eterna como Verbo de Dios “en el seno del Padre”.

Llegada la plenitud de los tiempos, dejó Dios de hablarnos a través de los Profetas y envió al mundo a su propio Hijo; y se descorrió por completo el velo, y el hombre contempló atónito el misterio inefable de la divina fecundidad: Dios es Padre. Tiene un Hijo, engendrado por Él en el eterno hoy de su existencia.

El Padre engendra una Imagen perfectísima de sí mismo, que lo expresa y reproduce en toda su divina grandeza e inmensidad.

Imagen perfectísima, Verbo mental, Idea, Prototipo, Palabra viviente y substancial del Padre, el Verbo constituye una segunda Persona, en todo igual a la primera, excepto en la real oposición de Paternidad y Filiación, que hace que la Primera sea Padre y la Segunda Hijo.

La segunda Persona de la Santísima Trinidad, el Hijo o Verbo del Padre, es Dios como el Padre, posee juntamente con Él y el Espíritu Santo la plenitud de la divinidad. Es Dios de Dios, Luz de Luz, Dios verdadero de Dios verdadero, como confesamos con en el Credo de la Misa.

El mismo Jesucristo lo proclamó abiertamente cuando dijo: El Padre y yo somos una misma cosa.

Ese Hijo muy amado, igual al Padre y, con todo, distinto de Él y Persona divina como Él, no se separa del Padre. El Verbo vive siempre en la inteligencia infinita que le concibe; el Hijo mora siempre en el seno del Padre, que le engendra.

Mora por unidad de naturaleza y mora también por el amor que Padre e Hijo se tienen.

Esta es, en sus líneas generales y en brevísimo resumen, la teología del Verbo de Dios, que subsiste eternamente en el seno del Padre: Salí del Padre

Por eso San Hilario dice: “… salir del Padre se refiere a su Naturaleza Divina… significa salir de Dios en la substancia de su origen… poseer la sustancia de su nacimiento, ¿qué otro puede ser sino Dios?”

Y San Juan Apóstol, en el inicio de su Evangelio escribe: En el principio el Verbo era, y el Verbo era junto a Dios, y el Verbo era Dios, presentando al Hijo de Dios en tres frases que muestran sucesivamente cuatro verdades:

* La anterioridad del Verbo con relación a todo lo creado: En el principio el Verbo era.

* Su presencia eterna en Dios: Y el Verbo era junto a Dios.

* Su distinción de la Persona del Padre: si era junto a Dios Padre, es evidente que se distingue de Él.

* Su divinidad en cuanto Verbo: Y el Verbo era Dios.

Advirtamos la sublime elevación de estas ideas en medio de su aparente sencillez. Las palabras apenas varían y, sin embargo, el pensamiento se eleva sucesivamente, como en un vuelo circular, en un crescendo majestuoso, en el que San Juan va asentando, sucesivamente, las cuatro grandes afirmaciones que acabamos de señalar.

Entre los cuatro Evangelistas, San Juan es llamado el Águila por la sublimidad de sus escritos, donde Dios nos revela los más altos misterios sobrenaturales.

Él era, en el principio, junto a Dios. Como para acentuar su pensamiento y cerrar las relaciones del Verbo con Dios Padre, San Juan vuelve a tomar las ideas de las dos primeras frases: En el principio, o sea, antes que Dios creara al mundo, el Verbo era ya en Dios.

En los dos primeros versículos, el Águila gira en torno a la eternidad del Hijo en Dios: antes de la creación, de toda eternidad, era ya el Verbo; y estaba con su Padre, siendo Dios como Él.

Es el Hijo Unigénito, igual al Padre, consubstancial al Padre, coeterno con Él, omnipotente, omnisciente, infinitamente bueno, misericordioso, santo y justo como lo es el Padre, quien todo lo creó por medio de Él.

Más adelante, San Juan expresa: Nadie ha visto jamás a Dios; el Hijo único, que es en el seno del Padre, ése le ha dado a conocer.

No le vio, pues, ni Moisés (Ex 33, 22-23) ni Isaías (Is 6, 1-5). No vieron a Dios directamente o con visión facial; lo que contemplaron fueron simples teofanías simbólicas. Es evidente que la Naturaleza divina es inaccesible al ojo humano (I Jo 3, 2). La razón teológica es del todo clara y definitiva: Dios es espíritu y el espíritu no puede ser captado por un órgano corporal.

Pero lo que los hombres no han podido ver jamás, lo ha visto el Unigénito del Padre, que vive en su propio seno.

Esta expresión es muy frecuente en la Sagrada Escritura para designar una unión muy íntima y entrañable entre dos personas.

El Verbo de Dios permanece eternamente en el seno del Padre.

Ni siquiera la Encarnación pudo desplazarlo de aquel lugar de reposo eterno. Al asumir la humana naturaleza, el Verbo no experimentó el menor cambio ni inmutación. El movimiento de asunción afectó únicamente a la naturaleza humana, que fue elevada a la unidad de Persona con el Verbo eterno, sin que Éste experimentara el menor cambio o saliese un solo instante del seno del Padre, que le engendra continuamente en el inmutable hoy de su eternidad: ex utero ante luciferum genui te

El Verbo es el único que conoce al Padre en toda su plenitud infinita, puesto que es su propia Idea, su propia Palabra, su propia Imagen perfectísima. Y ese Verbo, Palabra divina del Padre, ha venido a la tierra para darnos a conocer, con palabras humanas, los misterios insondables de la vida íntima de Dios: Todo me ha sido transmitido por mi Padre, y nadie conoce bien al Hijo sino el Padre, ni al Padre le conoce bien nadie sino el Hijo, y aquel a quien el Hijo se lo quiera revelar.

Estas son, a grandes rasgos, las ideas fundamentales sobre el Verbo de Dios que expone San Juan en el maravilloso prólogo de su Evangelio.

San Pablo, escribiendo de Él a los colosenses, dice: Él es Imagen de Dios invisible, Primogénito de toda la creación, porque en él fueron creadas todas las cosas, en los cielos y en la tierra, las visibles y las invisibles, los Tronos, las Dominaciones, los Principados, las Potestades: todo fue creado por Él y para Él; Él existe con anterioridad a todo, y todo tiene en Él su consistencia… Misterio escondido desde siglos y generaciones, y manifestado ahora a sus santos

El conocimiento de este misterio es vital y fecundo para nuestras almas. Nuestro Señor Jesucristo, en su Oración Sacerdotal del Jueves Santo, exclama: Esta es la vida eterna: que te conozcan a ti, el único Dios verdadero, y al que tú has enviado, Jesucristo.

Jesucristo, cuyo misterio debemos estudiar, contemplar, asimilar y vivir, es el Hijo de Dios Encarnado, el Verbo hecho carne.

Antes de asumir la naturaleza humana, Jesucristo era Dios. Al llegar a ser hombre, no por eso dejó de serlo. En cualquiera de sus misterios, Él es siempre y ante todo el Hijo único del Padre, el Unigénito de Dios.

Hay un estado esencial que no abandona nunca; Él es el Hijo de Dios, viviente en el seno del Padre: Unigenitus Filius qui est in sinu Patris.

Ante todo, pues, debemos contemplar su divinidad, contemplar al Verbo in sinu Patris, pues todos los misterios de Jesucristo se fundan en su divinidad.

Como hemos visto, San Juan, antes de narrar los misterios de Jesucristo, nos dice lo que es antes de la Encarnación, desde toda eternidad: In principio erat Verbum, et Verbum erat apud Deum, et Deus erat Verbum.

Ahora bien, el Hijo se distingue del Padre por su propiedad de ser Hijo. El Hijo está realmente identificado con la naturaleza divina; lo que le distingue de la Persona del Padre, lo que constituye propiamente su Personalidad, no es ser Dios, sino ser Hijo. En cuanto Persona Divina, es Hijo.

Esta es la primera función del Verbo. En su calidad de Hijo, Él tiene todo de su Padre.

La segunda función es la de ser Imagen del Padre: Imago Dei invisibilis… Imagen perfecta y viviente. El Verbo es el resplandor de la gloria del Padre, figura de su substancia, como dice San Pablo.

Es la expresión adecuadísima del Padre. La gloria del Hijo es ser la imagen viviente de su Padre.

El Padre Eterno, contemplando a su Hijo, ve en Él la reproducción perfecta de sus divinos atributos.

De modo particular, el Verbo glorifica al Padre. ¿Cómo sucede esto? El Padre engendra al Hijo; lo hace eternamente partícipe del don supremo: la vida y las perfecciones de la divinidad; le comunica todo lo es Él mismo, con excepción de su propiedad de ser Padre.

Perfecta imagen substancial, el Verbo es el resplandor de la Gloria del Padre. El Verbo brota como un cántico ininterrumpido hacia Aquel de donde emana: todo lo que es mío es tuyo, y todo lo que es tuyo es mío…, dice Nuestro Señor en su Oración Sacerdotal.

De esta manera, por el movimiento natural de su Filiación, el Hijo hace refluir hacia el Padre todo lo que tiene de Él.

Tal es la Gloria que Dios se tributa a sí mismo en la sagrada intimidad de su vida eterna. Es en el seno mismo de la Adorable Trinidad que debemos contemplar la eterna liturgia por la cual las Tres divinas Personas se cantan mutuamente la vida divina, el poder, la sabiduría, el amor y la santidad infinitos.

Es ese himno inefable de la Generación del Verbo y de la Procesión del Espíritu Santo: sicut erat in principio…, et nunc…, et semper…, et in saecula saeculorum…

B) Después de esta rápida visión de la teología del Verbo de Dios, tal como subsiste eternamente en el seno del Padre, abordemos ahora la segunda parte de nuestro comentario: Me voy a Aquel que me ha enviadoOtra vez dejo el mundo y voy al Padre

San Juan nos enseña: Y el Verbo se hizo carne y habitó entre nosotros, y hemos visto su gloria, gloria como del Unigénito del Padre, lleno de gracia y de verdad.

Este versículo es riquísimo en contenido doctrinal. El Verbo, que nace eternamente del Padre, se dignó nacer, como Hombre, de la Virgen Madre, por voluntad del Padre y obra del Espíritu Santo.

A su primera naturaleza divina se añadió la segunda, humana, en la unión hipostática. Pero su Persona siguió siendo una sola: la divina y eterna Persona del Verbo.

Así se explica que los Apóstoles vieron la gloria de Dios, manifestada en las obras de Jesucristo.

El Verbo se hizo hombre, carne; la cual connota la flaqueza humana en oposición a la gloria divina. Por medio de su humanidad moró en medio de nosotros. Y una vez acabada su obra, regresa al seno del Padre: Me voy a Aquel que me ha enviado… Contemplémoslo en el Cielo, como Mediador, nuevamente en el seno del Padre.

La Ascensión de Jesucristo al Cielo es su magnífico triunfo; su sesión a la diestra del Padre le da una preeminencia sobre toda criatura.

Estar sentado allá, es habitar, conmorar; la diestra del Padre es la participación en su gloria, en su bienaventuranza, en su potestad.

Pero, ¿está Jesucristo en el Cielo solamente en la fruición beatífica de su gloria, de esa gloria que conquistó con su Pasión? ¿Ha querido, por el contrario, estar unido con los miembros de su Cuerpo Místico en esta situación de beatitud?

Hemos de saber que Jesucristo continúa en el Cielo su acción sacerdotal o de mediación, ofreciendo perpetuamente por la Iglesia su sacrificio consumado en la Cruz; intercediendo por la Iglesia, influyendo activamente sobre Ella y rindiendo a la Santísima Trinidad una adoración eterna y llena.

Dice San Agustín: Salió del Padre porque del Padre es, y vino al mundo para manifestar al mundo su humanidad tomada de la Virgen. Él dejó el mundo y subió al Padre llevando con Él su humanidad, pero sin abandonar al mundo de su presencia y gobernación; porque de tal modo vino al mundo al salir del Padre, que no se separó de su Padre.

Jesucristo subió a los Cielos para recibir del Padre esta claridad, esa glorificación de que hablaba en la última Cena. Pero Jesús sube al Cielo para trabajar en nuestra glorificación, que nos conquistó.

Reiteradas expresiones suyas, cuando estaba para morir, nos insinúan esta labor de mediación sacerdotal: Voy a prepararos un lugar…; Vendré otra vez y os tomaré conmigo, para que estéis vosotros donde estoy yo.

La convicción de que Jesucristo debía seguir en el Cielo su obra de salvación, se transparenta en no pocas páginas de los Escritos apostólicos.

San Pablo establece un magnífico paralelo entre el Sumo Sacerdote de la ley mosaica y nuestro Gran Pontífice Jesucristo; y termina indicando las actuales funciones de nuestro Sumo Sacerdote: Jesucristo, como siempre permanece, posee eternamente el sacerdocio; de aquí es que puede perpetuamente salvar a los que por medio suyo se presentasen a Dios; como que está siempre vivo para interceder por nosotros.

La humanidad gloriosa de Jesucristo, recibida en el Cielo, es la aceptación por el Padre del precio del rescate. Sentado a su diestra, Jesucristo seguirá obrando, mientras duren los siglos, los frutos de su Redención en la Iglesia y en cada uno de sus hijos.

Es como la segunda etapa de la Redención.

De aquí esta relación que la tradición cristiana ha reconocido entre el Sacrificio de la Cruz y el hecho de la Ascensión de Jesucristo al Cielo.

No sólo sube allá el Triunfador, para recibir los laureles de su victoria, y el Primogénito de toda criatura, para tomar asiento en la cumbre del Cielo, junto al Padre…

Sube el Sacerdote, el gran Pontífice, con las señales de su Sacrificio, cargado con todo el peso de Redención que el Sacrificio importa, para presentarse al Padre y rendir a sus pies la Hostia que ha ofrecido por el mundo…

Sube para pedirle, como Cabeza y Mediador de la humanidad, la Redención eterna de cuantos querrán entrar en el Cielo y de los cuales Él es el Precursor.

San Efrén, en uno de sus himnos, había escrito estas magníficas palabras: ¡Bendito sea el sacrificio de Jesús! Bajó del cielo como la luz; de María se desprendió como un germen; de la Cruz bajó como fruto; subió al cielo en calidad de primicias.

Y dirigiéndose al mismo Jesucristo, le dice: Eres oblación arriba y abajo, porque fuiste muerto y adorado; bajaste a la tierra y fuiste hecho víctima; subiste y te hiciste oblación magna; subiste, Señor, y ofreciste.

La Sangre divina, derramada en remisión de los pecados, ha subido también a los Cielos como la Víctima, y tiene ante el Padre una voz más elocuente que la de Abel…

Jesucristo está, pues, en los Cielos, a la diestra del Padre, triunfador y glorioso, pero en estado victimal. Es Sacerdote, Víctima y Altar perpetuo; no porque ofrezca un nuevo sacrificio distinto del de la Cruz, sino como consumación celeste y eterna del sacrificio que en la Cruz ofreció en forma sangrienta.

De esta manera se eterniza el Sacerdocio de Jesucristo, no sólo por lo definitivo y eterno de su unción sacerdotal, sino por esta función permanente de propiciación y justificación por la que sigue influyendo en la vida espiritual de la Iglesia; no por una nueva acción sacrificial distinta de la del Calvario, sino por el estado de “cosa sacrificada” con que, según San Pablo, se presentó para la destrucción del pecado con el sacrificio de sí mismo.

Así derivan sin cesar al mundo, de esta Hostia permanente ante el Padre, los torrentes de la gracia santificadora. Así tiene fácil explicación el carácter de Víctima con que se ofrece Jesucristo en el sacrificio de la Misa

Hace más Jesucristo como Sacerdote en el Cielo. Es nuestro Abogado; defiende nuestra causa ante el Padre; y pleitea por nosotros en la forma que Él solo puede hacerlo.

¿Qué hace para estar con nosotros? Recibe nuestras oraciones y las ofrece al Padre. Es el Pontífice por quien son oídas todas nuestras plegarias, por quien todas las gracias son despachadas.

¿Qué más hace Jesucristo por nosotros en el ejercicio de su Sacerdocio? Ruega por nosotros. Es afirmación solemne del Apóstol: viviente siempre para interceder por nosotros.

Pero ¿qué oración es esta de un Dios Hombre que ruega a Dios? ¿No puede Jesucristo lo que puede el mismo Dios? ¿No es divina su Persona?

Ruega, dicen los teólogos, no pidiendo, sino representando.

No con la voz, sino con la misericordia, dice San Gregorio…:

Ruega, dice Santo Tomás, en primer lugar, presentando al Padre la humanidad que tomó por nosotros; y luego, expresando el deseo que tuvo siempre de nuestra salvación su alma santísima, con la que intercede por nosotros.

Así tiene su explicación magnífica el oficio de Precursor nuestro en los Cielos que le señala San Pablo, y la realidad de esta frase, síntesis de todas las misericordias de Dios: Nos ha hecho sentar en los cielos con Jesucristo.

Toda la historia de la humanidad redimida se encierra entre dos hechos: la Encarnación Redentora del Verbo y su vuelta al mundo para juzgarle.

Y en este período de siglos, Jesucristo, Pontífice eterno y Víctima, no hará otra cosa, en el orden particular, que preparar a todos los hombres un lugar, para que todos estén con Él donde Él está.

Y cuando se acabe el tiempo y haya llegado a su plenitud su Cuerpo Místico, volverá a la tierra sentado en las nubes del cielo y juzgará a todos.

Y llevará consigo a su Iglesia, la universalidad de los predestinados; y seguirá, no ya intercediendo por el mundo, porque su salvación se habrá consumado, sino la adoración eterna de la Trinidad beatísima.

Como pedimos, hoy, por su mediación, así, por Él y con Él, adoraremos por los siglos: Per Dominum nostrum Jesum Christum

P. CERIANI: COMENTARIOS A LOS COMENTARIOS DE LA FSSPX

COMENTARIOS al Comentario Oficial de la FSSPX

sobre la Instrucción Universæ Ecclesiæ

1º) Lo primero que hay que destacar es que este Comentario “Oficial” de la FSSPX no lleva ninguna firma… Es Oficioso.

Para comprender la importancia de este detalle, tengamos en cuenta la utilización que hiciera Monseñor Fellay del hecho que la Nota de la Secretaría de Estado del 4 de febrero de 2009 no llevara firma.

Tal vez sea una forma diplomática de no comprometer ante al Vaticano sino al título y a DICI…, al mismo tiempo de dar apariencia de representación oficial ante los sacerdotes y feligreses…

Política… Política…

2º) Entrando ya en la lectura de este Comentario Oficioso, encontramos dos párrafos que se contraponen:

Por un lado, se dice al comienzo: “La brecha previsible entre el derecho de la misa tradicional, reconocido por el Motu Propio, y el hecho de este reconocimiento por los obispos ya había sido anunciada por Mons. Fellay desde el 7 de julio de 2007, en su Carta a los fieles de la Fraternidad San Pío X.”

 Por otra parte, se lee al final: “No cabe duda que la Instrucción Universæ Ecclesiæ, que se inscribe en la línea del Motu Propio Summorum Pontificum, constituye una etapa importante en el reconocimiento de los derechos de la misa tradicional.”

 ¿En qué quedamos? El Motu proprio, ¿reconoce el derecho de la misa tradicional, o sólo constituye una etapa importante en el reconocimiento de los derechos de la misa tradicional?

 Para los desmemoriados o distraídos, recordemos que Monseñor Fellay declaró en el Comunicado de Prensa del 7 de julio de 2007: “Por el Motu Proprio Summorum Pontificum, el papa Benedicto XVI restableció en sus derechos la misa tridentina, afirmando claramente que el Misal Romano promulgado por San Pío V jamás ha sido abrogado.”

 De la misma manera, en la Carta a los fieles del mismo 7 de julio de 2007, Monseñor Fellay expresó: “Queridos fieles, el Motu Proprio Summorum Pontificum del 7 de julio de 2007 restablece la misa tridentina en su derecho. Se reconoce claramente que ella jamás ha sido abrogada.”

 Poco tiempo después, el 1º de Noviembre de 2007, en su Carta a los Amigos y Benefactores, Monseñor Fellay escribió: “La misa tradicional jamás estuvo abrogada (…) De hecho, si la Misa nunca fue abrogada, ha conservado sus derechos.”

 Ahora resulta que un Comunicado Oficial sin firma sostiene que “No cabe duda que la Instrucción Universæ Ecclesiæ, que se inscribe en la línea del Motu Propio Summorum Pontificum, constituye una etapa importante en el reconocimiento de los derechos de la misa tradicional.”

Política… Política…

3º) Más allá de estos detalles, entendibles en los politiqueros pero no en clérigos que se pretenden los defensores de la Tradición, es necesario decir que todas estas proposiciones son erróneas y no corresponden a la realidad.

En efecto, decir que se restablece la Misa Tridentina “en su derecho” o “en sus derechos” porque el Motu Proprio expresa “que ella jamás ha sido abrogada”, es falso.

Es fabuloso e inventado, porque nunca fue abrogada no significa, de ninguna manera, mantener o restablecer su derecho o sus derechos.

La prueba evidente la constituye el mismo Motu propio, que dice que nunca fue abrogada en cuanto forma extraordinaria, asignándole un lugar secundario en la Liturgia.

Para el Motu proprio, la expresión la misa no ha sido abrogada significa que aún se la puede celebrar, pero como rito secundario, extraordinario.

Ya no es el único Rito Romano de la Iglesia Latina; es un rito adventicio, circunstancial, segundón…

Por lo tanto, por el Motu proprio, la Misa Tridentina no sólo no fue restaurada en su derecho, sino que lo ha perdido.

El Rito Romano codificado por la Bula de San Pío V es la norma a observar. Según el Motu proprio de Benedicto XVI, el Misal de 1962 (que modifica notablemente las rúbricas del Misal Tradicional e introduce cambios en el Ordo Missæ) es, y debe seguir siendo, la excepción… hasta que se logre la síntesis benedicta…

A pesar de este principio inaceptable, establecido por Benedicto XVI, Monseñor Fellay y la FSSPX dicen que la Misa Tridentina ha recuperado sus derechos, y que este Motu proprio es un innegable avance litúrgico…

4º) Estos expertos en diplomacia eclesiástica afirman que “Este documento romano, muy atento a las oposiciones y deseoso de tener en cuenta los puntos de vista divergentes, tiene un carácter diplomático fácilmente perceptible.”

Ellos sabrán… porque es indudable que de esto conocen…

5º) El Comentario Oficioso dice: “Paradójicamente se excluye de las disposiciones del documento romano a los sacerdotes más apegados a la misa tradicional como “tesoro precioso que hay que conservar” (nº 8), los cuales, por esta misma razón, no son biritualistas. Efectivamente, el nº 19 afirma: “Los fieles que piden la celebración en la forma extraordinaria no deben sostener o pertenecer de ninguna manera a grupos que se manifiesten contrarios a la validez o legitimidad de la Santa Misa o de los sacramentos celebrados en la forma ordinaria o al Romano Pontífice como Pastor Supremo de la Iglesia universal“.

 No se entiende bien quiénes serían los sacerdotes excluidos. En efecto, un genuino sacerdote católico no sólo no debe ser bi-ritualista, no sólo debe negar la santidad y la legitimidad de la Nueva Misa, no sólo debe, incluso, poner en duda la validez de la misma…, sino que tampoco debe, de ninguna manera, rezar la Misa del Rito Romano bajo la forma extraordinaria, como pretende permitirlo este bastardo Motu proprio.

6º) Texto para la antología: “Algunos comentarios precipitados llevaron a pensar que también se excluía a la Fraternidad San Pío X a causa de su oposición al Pontífice Romano. Esto no es exacto, ya que el levantamiento de las “excomuniones” de sus obispos fue realizado precisamente porque Roma consideró que no se oponían al primado del Papa.”

La FSSPX excluida…, ¿de qué, de dónde?… De las disposiciones del documento romano…, es decir, del Motu proprio de Benedicto XVII…

Vayan sabiéndolo, sacerdotes y feligreses…

7º) Para tranquilizar a los incautos y dar apariencia de ortodoxia, el comentarista oficioso simula al final un grave antagonismo: Sobre la reiterada afirmación de la continuidad doctrinal entre la Misa Tridentina y el Novus Ordo Missæ vemos una oposición entre dos Prefectos sucesivos de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el Cardenal Alfredo Ottaviani, en su Breve examen crítico de la misa nueva, y el Cardenal William Levada, quien firmó la presente Instrucción.

¿Cómo podemos pretender que estos sacerdotes u obispos vean claro en teología si ellos procurar ver una inexistente oposición entre dos Prefectos de la Congregación para la Doctrina de la Fe?

El Cardenal Alfredo Ottaviani, junto con el Cardenal Antonio Bacci, presentó el Breve examen crítico (no era su autor) por medio de una carta dirigida a Pablo VI.

Dicha carta, no es un documento oficial emanado de la Congregación para la Doctrina de la Fe, firmado por su Prefecto y refrendado por el Papa. No tiene otra autoridad que la de sus dos augustos firmantes. Lo cual no es poco, ciertamente.

Pero, y es lo más importante, el Breve examen crítico presentado va en contra de un documento publicado por Pablo VI.

La Instrucción, oficiosamente comentada por la FSSPX, expresa en su número 9.: El Sumo Pontífice ha conferido a la Pontificia Comisión Ecclesia Dei potestad ordinaria vicaria para la materia de su competencia, especialmente para supervisar la observancia y aplicación de las disposiciones del Motu Proprio “Summorum Pontificum” (cf. art. 12).

Ya al final, en el número 35., dice: El Sumo Pontífice Benedicto XVI, en la Audiencia del día 8 de abril de 2011, concedida al suscrito Cardenal Presidente de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, ha aprobado la presente Instrucción y ha ordenado su publicación.

El Cardenal Alfredo Ottaviani escribe a Pablo VI contra el documento de Pablo VI, mientras que Levada firma, con potestad vicaria ordinaria, y bajo aprobación de Benedicto XVI.

Por lo tanto, resulta grotesco utilizar esa inexistente oposición…

Lo que correspondía era denegar y replicar esta Instrucción, de la misma manera y por los mismo motivos que cabía haber rechazado e impugnado el Motu proprio de julio de 2007.

Pero para esto hacía falta algo más que artimañas políticas…

8º) El oficioso Comentario termina expresando que La profunda divergencia que existe entre la misa tradicional y el Novus Ordo Missæ debe ser objeto de un debate sobre el fondo doctrinal.

Estábamos convencidos de que el problema planteado por el Novus Ordo Missæ ya había sido objeto de un debate doctrinal…

Cabe, pues, la pregunta, ¿para qué han servido las discusiones doctrinales llevadas a cabo durante un año y medio?

Monseñor Fellay, que no firma este Comentario, a la pregunta de The Angelus, el 2 de febrero de 2011, ¿Hay una evolución en el pensamiento de nuestros interlocutores después de nuestras exposiciones?, respondió: No pienso que se pueda decir eso.

Y más significativa fue su respuesta a la pregunta ¿Sigue de cerca el Papa estas discusiones? ¿Hizo algún comentario sobre ellas?: Creo que sí, pero sin estar al corriente de los pormenores. ¿Si comentó algo sobre ellas? Con motivo de una reunión con sus colaboradores, este verano, en Castelgandolfo, dijo que estaba satisfecho con ellas. Es todo.

Benedicto XVI está satisfecho con las discusiones llevadas a cabo… Toda una definición… ¿Para qué deseamos saber más?

9º) ¿Por el bi-ritualismo, la vuelta a la Fe?

¡No! Por la verdadera Fe, el mantenimiento de la única Misa Romana, que no necesita ni de Indulto ni Motu proprio alguno.

Si las autoridades oficiales de la Iglesia no regresan a la profesión íntegra de la Fe, sin rupturas con la Tradición, su dialéctica con el Misal Romano no dejará de ser una diabólica astucia.

Las autoridades de la FSSPX, perdón, el comentarista oficioso de ella, ya ha caído en la trampa y utiliza esa dialéctica.

10º) Repito la conclusión de mi artículo del 3 de septiembre de 2007, publicado en la Porte Latine:

Debido a su causa material este Motu proprio manifiesta que la Roma de tendencia neomodernista y neoprotestante continúa alejándose de la teología católica de la Santa Misa, tal como se formuló en la XX sesión del Concilio de Trento.

Debido a su intención, este Motu proprio es simple como la paloma y prudente como la serpiente; pero, es necesario decirlo, su benedicta simplicidad es una astucia más de la serpiente, capaz de inducir al engaño incluso a los mismos elegidos.

Padre Juan Carlos Ceriani

MONSEÑOR JUAN STRAUBINGER: EL MISTERIO DEL MAL, DEL DOLOR Y DE LA MUERTE

EL MISTERIO DEL MAL, DEL DOLOR Y DE LA MUERTE

 Comentarios y Ensayos de Monseñor Juan Straubinger sobre el Libro de Job

 

Radio Cristiandad inicia una nueva Columna presentando los Comentarios y Ensayos del Doctor Juan Straubinger sobre el Libro de Job, y que fueran publicados con este atrayente título: El Misterio del Mal, del Dolor y de la Muerte.

Los temas tratados y la distinción del autor son títulos suficientes para penetrar en la lectura y meditación de este apasionante libro.

He aquí un pequeño resumen de la tabla de materias:

Un Libro Misterioso

El Libro de Job y el misterio del mas allá

Job, figura de Cristo

La Ley de Adán

Job, prototipo del hombre

Un cuadro Impresionante

Hacia la solución del enigma

El origen de los males

Los males y la divina Sabiduría

El castigo como medicina

Hay un castigo peor: no ser castigado

El sentido de las pruebas

Las pruebas de los Justos en el plan divino

La Esperanza, fundamento de la paciencia

¿Qué es el dolor?

El privilegio de los que sufren

El santo abandono

Alegría y Júbilo

Jesús lo explica todo

Jesús todo lo remedia

Cristo sufre en nosotros

PRIMERA ENTREGA:

PROEMIO

UN LIBRO MISTERIOSO

 El libro de Job es uno de los más misteriosos de la Biblia. San Jerónimo lo compara a una anguila que se nos escurre de la mano cuando ya creíamos tenerla asida. No es posible entender estos misterios sino con inteligencia sobrenatural.

 Para ello el mismo Dios nos da tres claves:

 a) Según el Prólogo, Job era justo (Job 1, 1 y 8) y sus pruebas no fueron un castigo, siendo Satanás, y no Dios, el gran promotor de sus dolores.

 b) En la teofanía final, el mismo Dios reprende a Job, no por su vida pasada —que ya sabemos era justa— sino porque en su diálogo con los amigos, que forma la trama del Libro, “envolvió (oscureció) las sentencias (de la verdad) con palabras sin inteligencia” (Job 38, 2).

 c) En el Epílogo (Job 42, 1 ss.), al restituirle con creces todas sus prosperidades, Dios nos hace saber expresamente que Job no pecó en sus disputas con los tres amigos, y que ellos sí pecaron.

 Sin estos datos, nuestra mente, harto inclinada a juzgar a Dios según la capacidad humana, pensaría muchas veces que Job era un blasfemo y que Elifaz, Baldad y Sofar, sus tres amigos farisaicos, eran modelos de cordura y de piedad.

EL LIBRO DE JOB

Y EL MISTERIO DEL MAS ALLÁ

Este difícil conflicto entre el paciente y sus amigos parece ha de ser planteado por Dios en pleno Antiguo Testamento, para sugerir a la meditación los misterios del más allá, que sólo habrían de revelarse en la “plenitud de los tiempos” (Gal. 4, 4), cuando Dios determinase hacer conocer aquellas cosas “que desde todos los siglos habían estado en el secreto” (Ef. 3, 9 s.; Col. 1, 26); y que las Antiguas Escrituras sólo presentaban envueltas en el arcano de los libros proféticos y sapienciales.

No hay duda de que Dios, según el Salmista, habrá de juzgar a los pueblos y a los impíos (Salmo 1, 5; 9, 8-9; 49, 3-4; 81, 8; 95,13; 109, 6; 142, 2), dando a cada uno según sus obras (S. 61, 13), y que su bondad, que es eterna, librará a los justos del Sheol (S. 15, 9-10; 16, 15; 48, 15-16, etc.). Pero, como observa Vigouroux, el Sheol, que suele traducirse por inferno, era simplemente un lugar obscuro y significaba lo mismo que el sepulcro, a donde iban todos los muertos, sin distinguirse en un principio entre buenos y malos, cosa que luego fue aclarándose progresivamente.

Lo que las Escrituras anunciaban muchas veces, y cuya necesidad todos admitían, dada la caída del hombre, era un Mesías, libertador de todos. “Es por esto —dice Vacant— que la cuestión de los destinos del individuo se confundía con la de la salvación del género humano y de la venida del Mesías. La muerte del cuerpo era la consecuencia del pecado, y por eso es que la resurrección de los cuerpos era mirada como la consecuencia de la liberación del alma” (Dict. de la Bible, I, 465)

De aquí la gran importancia del libro de Job dentro del cuadro del Antiguo Testamento.

No solamente en cuanto enuncia en forma indudable el dogma de la resurrección que nos ha de librar del sepulcro (Job, 13, 15-16; 14, 13; 19, 23-27), sino también en cuanto plantea en forma aguda, la necesidad de una vida futura, en la cual la justicia y la misericordia del Eterno Dios se realicen plenamente, ya que así no sucede en esta vida.

Esto nos lleva a meditar una consecuencia preciosa para nuestra vida espiritual y para avivar en nosotros la virtud de la Esperanza. Porque según vemos, aquellos judíos que aun no conocían el dogma de la inmortalidad del alma, se resignaban confiadamente a la muerte, aunque ésta significase para ellos una paralización de todo su ser, ya que sabían que un día todo su ser había de gozar de la resurrección que el Mesías debía traerles.

Nosotros, más afortunados, conocemos plenamente el dogma de la inmortalidad del alma, y sabemos, porque así lo definió el Concilio de Florencia, que ella, mediante el juicio particular, podrá, gracias a la bondad divina, gozar de la visión beatífica mientras el cuerpo permanece en la sepultura en espera de la resurrección en el último día. Pero esta consoladora verdad no debe en manera alguna hacernos olvidar ese gran dogma de la resurrección, ni mirar nuestra salvación como un problema individual que llega a su término el día de la muerte de cada uno, con total independencia del Cuerpo Místico de Cristo, que celebrará cuando El venga a las Bodas del Cordero (Apoc. 19, 6-9).

Por eso, “cuando comiencen a suceder estas cosas, abrid los ojos y alzad la cabeza, porque vuestra redención se acerca” (Luc. 21, 28).

Por su parte, S. Pablo nos revela que todas las creaturas suspiran con nosotros, aguardando con grande ansia ese día de la resurrección, que él llama de “la manifestación de los hijos de Dios”, y de “la redención de nuestro cuerpo” (Rom. 8,19 ss.). Y en otro pasaje, de donde está tomado el texto del frontispicio del Cementerio del Norte de Buenos Aires, que pone en boca de los difuntos las palabras: “Expectamus Dominum”: “Esperamos al Señor”, vuelve a consolarnos el Apóstol, diciendo: “Pero nuestra morada está en el cielo, de donde asimismo estamos aguardando al Salvador Jesucristo Señor nuestro, el cual transformará nuestro cuerpo, y le hará conforme al suyo glorioso, con la misma virtud eficaz con que puede también sujetar a su imperio todas las cosas” (Fil. 3, 20-21).

A LA LUZ DEL NUEVO TESTAMENTO

Con estas claves divinas nos será posible penetrar el misterio de Job, pero no ciertamente de un modo racional, sino con las luces que nos trajo el Verbo Encarnado, que viniendo a este mundo, iluminó a todo hombre (Juan 1,9); luces que solamente son prodigadas a los humildes o pobres de espíritu, por el Paráclito o Consolador que descendió en Pentecostés; es decir, vemos una vez más cómo, según la fórmula de S. Agustín, gracias al Nuevo Testamento se revelan los misterios del Antiguo.

No hay problema humano que no reciba luces del Evangelio. San Juan Crisóstomo, gran apóstol de la Sagrada Escritura, nos la muestra superior a todo ameno huerto de flores y frutos: “Delicioso es el verde prado, ameno el jardín; pero más lo es la lectura de la Sagrada Escritura, En aquéllos, flores que se marchitan; en ésta, pensamientos frescos y vivos. Allí, el soplo del céfiro; aquí, el hálito del Espíritu Santo. En los primeros cantan las cigarras; en los segundos, los profetas. La lozanía del huerto y la del prado dependen de la estación; la Escritura, así en verano como en otoño, siempre está verde y cargada de fruto.”

Estos frutos son muy especiales para los que sufren, pues Jesús vino precisamente a traer la “Buena Nueva” (Evangelio) a los pobres, a los tristes, a los oprimidos, a los cautivos y a los ciegos. Así definió Él mismo su misión (Luc. 4, 18 ss.; 7, 22) en palabras del Profeta que así lo anunciaba ocho siglos antes (Is. 61, 1 s.). A esto llamó Él mismo “anunciar el Reino de Dios” (Luc. 4, 43).

No puede, pues, sorprender que el Nuevo Testamento nos dé, sobre el misterio de Job y del dolor, luces que antes se ignoraban, así como nos hace también entender en los Salmos y en los Profetas cosas cuyo alcance ellos mismos ignoraban, puesto que Dios no les dictaba para ellos mismos, sino para otros.

San Pablo, hablando solamente de su propia misión en el Nuevo Testamento, nos dice que a él mismo le ha sido dado el anunciar las incomprensibles riquezas de Cristo y explicar a todos la economía del misterio que había estado escondido desde el principio en Dios que todo lo creó, a fin de que los principados y las potestades en los cielos conozcan hoy, a la vista de la Iglesia, la sabiduría multiforme de Dios según el designio eterno que Él ha realizado en Jesucristo Señor nuestro (cfr. Ef. 3, 8 ss.).

LA PERSONALIDAD DE JOB

 Job no es ni siquiera un hombre de la Antigua Alianza, pues pertenece a la época de los Patriarcas, anterior a Moisés y por tanto a la Ley. Tampoco forma parte del pueblo escogido de Israel, y sin embargo, practica el más perfecto monoteísmo y aun ejerce en su familia funciones sacerdotales (1, 5). Se muestra ejemplarmente caritativo con el prójimo (29, 12-17), y llega hasta proclamar —cosa admirable e inexplicable sin una revelación del plan divino— su firme esperanza en el Redentor que traerá la resurrección de los cuerpos (19, 25-27).

El Apóstol Santiago (5, 11), nos lo presenta como ejemplo de la paciencia que llega a feliz término. Y con todo, San Pablo no lo incluye en su gran lista de los antiguos héroes de la fe (Heb. 11).

La importancia del libro de Job se concentra principalmente en el problema del dolor y del mal en general.

Y puesto que no hay vida humana sin dolor, sino que al contrario todos nos vemos sitiados por ejércitos de males, por eso la figura del paciente Job ha llegado a ser como un símbolo del género humano; pero infinitamente más alto que él está en la Nueva Alianza, el “Ecce Homo”, el “Varón de Dolores” (Is. 53, 3), sumo Arquetipo del hombre con todos sus dolores y tormentos; único que resumió en su Humanidad santísima todas las miserias humanas, todas las penas y angustias, hasta el dolor y la vergüenza de la cruz (Filip. 2,8).

 JOB, FIGURA DE CRISTO

No cabe la menor duda de que Job es figura del Redentor, al cual se asemeja no solamente como justo y a la vez paciente, sino más todavía por la esperanza que pone en Aquel que le resucitará: “porque yo sé que vive mi Redentor, y que yo he de resucitar de la tierra en el último día, y de nuevo he de ser revestido de esta piel mía, y en mi carne veré a mi Dios; a quien he de ver yo mismo en persona y no por medio de otro, y a quien contemplarán los ojos míos” (19, 25-27).

La afirmación de los Santos Padres y Teólogos de que es figura de Jesucristo, arroja la primera luz sobre el porqué del caso de Job. De ahí que a este libro como al Salterio, se aplica la siguiente observación de un piadoso prelado: “En vano se pretendería agotar su profundidad; ellos son una verdadera extensión del Evangelio, porque en ellos David y Job, representando al Salvador, se nos muestran sufriendo, con un corazón semejante al de Jesús, en muchas vicisitudes que no pudieron ocurrirle a Él, como son por ejemplo la ingratitud de los hijos, los dolores y angustias de la enfermedad, etc.; lo cual completa nuestra enseñanza para que podamos unirnos a Cristo en todas las circunstancias de nuestra vida cotidiana.”

El sentido típico de la figura de Job resalta singularmente de la reprobación que él recibe de los que debieron ser sus amigos, y que presentándose como tales, no hicieron sino aumentar su dolor.

“Todos los que me miran hacen mofa de mí. Hablan con sus labios y menean la cabeza” (Salmo 21, 8). Tal dice David profetizando a Cristo. Esto nos enseña a sufrir una de las pruebas más dolorosas para el hombre: la incomprensión e ingratitud de los hombres, parientes y amigos.

Claro está que si el saber este sentido típico aumenta muchísimo el valor educativo de la figura de Job, ello es en cuanto nos lleva a levantar de él los ojos y fijarlos en la contemplación de Cristo. No ha de pretenderse, pues, que la asimilación de ambas figuras haya de ser completa. Siempre quedará, sobre todo, la diferencia esencialísima de que sólo Jesús tuvo y pudo tener méritos propios. Y sólo ellos pudieron tener valor de Redención.

JUICIO GENERAL

SOBRE LA CONDUCTA DE JOB

De todas maneras podemos, con los datos disponibles, sintetizar el juicio sobre la conducta de nuestro héroe. Dice S. Agustín que si se le preguntase acerca de la posibilidad de que un hombre pasase sin pecado por esta vida, él contestaría afirmativamente, mediante la gracia de Dios que no sólo nos muestra lo que hemos de hacer, sino también nos hace capaces de quererlo y de realizarlo (Filip. 2, 13). Pero, agrega, que exista realmente un tal hombre sin pecado, no lo creo (Ench. Patr. 1720).

Esta opinión de S. Agustín es perfectamente bíblica, pues ya Salomón enseña que “no hay hombre que no peque” (III Rey. 8, 46; II Par. 6, 36). Cfr. Prov. 20, 9; Ecl. 7, 21; Salmo 142, 2. Y S. Juan nos previene: “Si dijéramos que no tenemos pecado, nos engañamos a nosotros mismos y no hay verdad en nosotros” (I Juan 1, 8).

Frente a esta doctrina podemos decir terminantemente que Job era y había sido un justo, en primer lugar porque el mismo Dios así lo afirma desde el principio del Libro (1, 8) y también porque Job, lejos de atribuirse a sí mismo esa justicia, es el primero en decirle a Dios: “¿Quién podrá volver puro al que de impura simiente fue concebido? ¿Quién sino Tú solo?” (14, 4). Véase a este respecto otra bellísima actitud del Patriarca en 9, 15.

Esto, empero, que Job expresa ante la majestad de Aquel que solo es santo, no lo dice ante sus amigos calumniadores, empeñados en hacerle confesar infidelidades que él no había cometido. Porque en su conciencia el Espíritu Santo le da testimonio de su rectitud, como enseña S. Pablo (Rom. 9, 1; 2, 15; II. Cor. 1,12).

Quedamos, pues, en que nuestro Patriarca era, ante Dios, justo y lo era ya mediante esa fe que justifica en Cristo y que S. Agustín no vacila en atribuir a Job, diciendo: “Mente conspiciens Christi justitiam”; esto es: “Viendo en espíritu la justificación que nos viene de Cristo” (cfr. Rom. 3, 26).

COMENTARIO OFICIAL DE LA FSSPX SOBRE LA INSTRUCCIÓN UNIVERSÆ ECCLESIÆ

Comentario Oficial sobre la Instrucción Universæ Ecclesiæ

Anunciada desde el 30 de diciembre de 2007 por el Cardenal Tarcisio Bertone, la Instrucción Universæ Ecclesiæ, relativa a la aplicación del Motu Propio Summorum Pontificum (7 de julio de 2007), fue publicada el 13 de mayo de 2011 por la Comisión pontifical Ecclesia Dei.

Este documento romano, firmado por el Cardenal William Levada, Prefecto de la Congregación por la Doctrina de la Fe, y por Monseñor Guido Pozzo, Secretario de la Comisión Ecclesia Dei, fue elaborado después de que los obispos del mundo entero comunicaron a Roma el balance de los tres años transcurridos desde la publicación del Motu Propio, según el deseo expresado por Benedicto XVI en la Carta del 7 de julio de 2007.

Esta demora significativa manifiesta la importancia de las dificultades que encontró la aplicación de Summorum Pontificum por parte de los obispos. Por eso Universæ Ecclesiæ tiene oficialmente por fin no sólo “garantizar la correcta interpretación y la recta aplicación del Motu Proprio Summorum Pontificum” (nº 12) sino también, y sobre todo, facilitar la aplicación del Motu Propio, que los obispos sólo permiten parsimoniosamente. La brecha previsible entre el derecho de la misa tradicional, reconocido por el Motu Propio, y el hecho de este reconocimiento por los obispos ya había sido anunciada por Mons. Fellay desde el 7 de julio de 2007, en su Carta a los fieles de la Fraternidad San Pío X.

Dicha situación de hecho obliga al documento romano a recordar ciertos puntos:

  • Con ese Motu Propio, el Sumo Pontífice Benedicto XVI promulgó una ley universal para la Iglesia, con la intención de dar un nuevo cuadro normativo al uso de la liturgia romana vigente en 1962 (nº 2).
  • El Santo Padre reafirma el principio tradicional, reconocido desde tiempo inmemorial, y que se ha de conservar en el porvenir, según el cual “cada Iglesia particular debe concordar con la Iglesia universal, no solo en cuanto a la doctrina de la fe y a los signos sacramentales, sino también respecto a los usos universalmente aceptados de la ininterrumpida Tradición apostólica, que deben observarse no solo para evitar errores, sino también para transmitir la integridad de la fe, para que la ley de la oración de la Iglesia corresponda a su ley de fe” (nº 3).
  • El Motu Propio se propone:
  1. ofrecer a todos los fieles la liturgia romana en el usus antiquior, como un tesoro que se debe conservar cuidadosamente;
  2. garantizar y asegurar realmente el uso de la forma extraordinaria para todos los que lo piden, quedando en claro que el uso de la liturgia vigente en 1962 es una facultad conferida para el bien de los fieles, y que por esta razón se la debe interpretar en un sentido favorable a los fieles, que son los principales destinatarios de la misma;
  3. fomentar la reconciliación en el seno de la Iglesia (nº 8).

Igualmente, debido a los problemas ocasionados por la poca buena voluntad de los obispos en aplicar el Motu Propio, la Instrucción concede a la Comisión Ecclesia Dei un poder reforzado:

  • La Pontificia Comisión ejerce este poder no sólo gracias a las facultades concedidas anteriormente por el Papa Juan Pablo II y confirmadas por el Papa Benedicto XVI (cf. Motu Propio Summorum Pontificum, art. 11-12), sino también en virtud del poder de pronunciar una decisión, como Superior jerárquico, sobre los recursos que se le presenta legítimamente contra una decisión administrativa del Ordinario aparentemente contraria al Motu Propio (nº 10, §1).
  • En caso de litigio o duda fundada relativos a la celebración según la forma extraordinaria, el que emitirá el juicio será la Pontificia Comisión Ecclesia Dei (nº 11).

También está previsto un posible recurso:

  • Los decretos a través de los cuales se expresan las decisiones de la Pontificia Comisión relativas a los litigios o dudas podrán ser impugnados ad norma iuris ante el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica (nº 10, § 2).

Por consiguiente, en los próximos meses convendrá observar cuidadosamente si estas disposiciones se muestran eficaces y si los hechos de los obispos se armonizan realmente con el derecho que Comisión Ecclesia Dei tiene que hacer respetar.

*****

Este documento romano, muy atento a las oposiciones y deseoso de tener en cuenta los puntos de vista divergentes, tiene un carácter diplomático fácilmente perceptible. En este sentido, pueden verse varias paradojas que, a pesar del confesado deseo de unidad, evidencian las disensiones que hubo que tener en cuenta:

  • Resulta extraño que los mismos obispos deseosos de aplicar generosamente el Motu Propio se encuentren en imposibilidad de ordenar seminaristas de su diócesis según el rito tradicional. En efecto, el nº 31 indica: “Sólo en los institutos de vida consagrada y en las sociedades de vida apostólica que dependen de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei y en aquellos donde se mantiene el uso de los libros litúrgicos de la forma extraordinaria se permite el uso del Pontificale Romanum de 1962 para conferir las órdenes menores y mayores“.

Al respecto, el texto recuerda la legislación posconciliar que suprimió las órdenes menores y el subdiaconado. Se incardina a los candidatos al sacerdocio sólo cuando reciben el diaconado, pero se podrá conferir la tonsura, las órdenes menores y el subdiaconado según el rito antiguo, sin que por eso se les reconozca algún valor canónico. Este punto se opone claramente al principio recordado en el nº 3, sobre la adhesión a los “usos universalmente aceptados de la ininterrumpida Tradición apostólica“.

  • Paradójicamente se excluye de las disposiciones del documento romano a los sacerdotes más apegados a la misa tradicional como “tesoro precioso que hay que conservar” (nº 8), los cuales, por esta misma razón, no son biritualistas. Efectivamente, el nº 19 afirma: “Los fieles que piden la celebración en la forma extraordinaria no deben sostener o pertenecer de ninguna manera a grupos que se manifiesten contrarios a la validez o legitimidad de la Santa Misa o de los sacramentos celebrados en la forma ordinaria o al Romano Pontífice como Pastor Supremo de la Iglesia universal“.

Notemos aquí un matiz: la Instrucción habla de “validez” o “legitimidad“, mientras la carta de Benedicto XVI a los obispos del 7 de julio de 2007 exigía un “reconocimiento del valor y santidad” del Novus Ordo Missæ, y la no exclusividad de la celebración tradicional. Sin embargo, este nº 19 ofrece a los obispos la posibilidad de neutralizar fácilmente la Instrucción, paralizando el deseo de una aplicación amplia del Motu Propio “para el bien de los fieles” (nº 8).

Algunos comentarios precipitados llevaron a pensar que también se excluía a la Fraternidad San Pío X a causa de su oposición al Pontífice Romano. Esto no es exacto, ya que el levantamiento de las “excomuniones” de sus obispos fue realizado precisamente porque Roma consideró que no se oponían al primado del Papa. En efecto, el decreto del 21 de enero de 2009 reproducía los términos de una carta dirigida por Mons. Fellay al Cardenal Castrillón Hoyos el 15 de diciembre de 2008: “creyendo firmemente en el primado de Pedro y sus prerrogativas“.

*****

Las paradojas de esta Instrucción manifiestan los compromisos diplomáticos realizados con el fin de hacer más fácil la aplicación —hasta ahora dificultosa— del Motu Propio Summorum Pontificum, pero se fundan esencialmente sobre la reiterada afirmación de la continuidad doctrinal entre la Misa Tridentina y el Novus Ordo Missæ: “Los textos del Misal Romano del papa Pablo VI y del Misal que se remonta a la última edición del papa Juan XXIII, son dos formas de la Liturgia Romana, definidas respectivamente ordinaria y extraordinaria: son dos usos del único Rito Romano, que se colocan uno al lado del otro. Ambas formas son expresión de la misma lex orandi de la Iglesia” (nº 6).

Ahora bien, vemos una oposición sobre este punto entre dos Prefectos sucesivos de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el Cardenal Alfredo Ottaviani, en su Breve examen crítico de la misa nueva, y el Cardenal William Levada, quien firmó la presente Instrucción.

En su estudio, entregado a Pablo VI el 3 de septiembre de 1969, el Cardenal Ottaviani escribía: “El Novus Ordo Missæ se aleja de manera impresionante, en conjunto y en detalle, de la teología católica de la Santa Misa que fue formulada definitivamente por el Concilio de Trento“. El Cardenal Alfons Maria Stickler, Bibliotecario de la Santa Iglesia Romana y archivista de los Archivos Secretos del Vaticano, con ocasión de la reedición del Breve examen crítico de los Cardenales Ottaviani y Bacci, escribía lo siguiente el el 27 de noviembre de 2004: “El análisis del Novus Ordo hecho por estos dos cardenales no perdió para nada su valor, ni —lamentablemente— su actualidad… Hoy en día muchos juzgan que los resultados de la reforma fueron devastadores. Los Cardenales Ottaviani y Bacci tuvieron el mérito de descubrir rápidamente que la modificación de los ritos llevaba a un cambio fundamental de la doctrina“.

Estas graves carencias del Novus Ordo Missæ y de las reformas introducidas bajo Pablo VI son la causa del serio cuestionamiento de la Fraternidad San Pío X, si no sobre la validez de principio, al menos sobre la “legitimidad de la Santa Misa o de los sacramentos celebrados en la forma ordinaria” (nº 19), en la medida que, según lo había observado ya en 1969 el Cardenal Ottaviani, es muy difícil considerar que la misa de San Pío V y la de Pablo VI se sitúan en la misma “ininterrumpida Tradición apostólica” (nº 3).

No cabe duda que la Instrucción Universæ Ecclesiæ, que se inscribe en la línea del Motu Propio Summorum Pontificum, constituye una etapa importante en el reconocimiento de los derechos de la misa tradicional. Sin embargo, el fin que persigue la Instrucción —la remoción de las dificultades de aplicación— no se logrará plenamente sino estudiando la profunda divergencia que existe, no tanto entre la Fraternidad San Pío X y la Santa Sede, sino entre la misa tradicional y el Novus Ordo Missæ. Esa divergencia no puede ser objeto de un debate sobre la forma (“extraordinaria” u “ordinaria”) sino sobre el fondo doctrinal

(DICI nº 235, 19/05/11).

LO FEO

Otra caricatura de Juan Pablo II

La estatua bendecida en la Catedral de Buenos Aires,es la misma de un parque temático. Fue “bendecida” por el Cardenal Primado de la Argentina (Bergoglio) el 1º de mayo


Extraña postura

Terminación muy rústica
En los pliegues el material está gastado.

Detalles de los pliegues de la capa


La horrorosa estatua de Roma


EL ATELIER DE SAN JOSÉ: LA PREDESTINACIÓN DE SAN JOSÉ

Inauguramos esta nueva columna dedicada a San José, nuestro Santo Patrono, donde publicaremos cada miércoles algo dedicado a él.

Invitamos, a los lectores que quieran, a enviarnos material, poesías, meditaciones, etc. sobre San José, para engalanar estas páginas.

Pueden hacerlo a radio@cristiandadfm.com

LA PREDESTINACIÓN DE SAN JOSÉ

 

Los justos que vivieron antes del advenimiento de Cristo, conocedores de las Profecías y de la Sagrada Escritura, tuvieron un alma vibrante de esperanza.

Sabiendo que Dios es fiel a su palabra, aguardaban la realización de las promesas: la venida de un Mesías cuya misión consistiría en salvar al mundo, librándole de sus pecados y del poder del Maligno.

Ahora bien, si el hecho mismo de esa redención estaba fuera de toda duda, nadie podía prever la desconcertante manera en que, para la sabiduría humana, habría de producirse.

El Hijo de Dios iba a hacerse presente entre los hombres, pero su venida no iba a ser ni repentina ni deslumbrante.

Aparecería despojado de toda majestad y entraría en el mundo de forma humilde y discreta. Una vida oculta iba a preceder a su vida pública.

Santo Tomás, buscando las razones de esa oscuridad, descubre tres principales:

Al venir a salvar el mundo por la Cruz, era preciso que tuviera un cuerpo capaz de padecer; una manifestación gloriosa habría obstaculizado sus designios: “Si hubiesen conocido al Dios de majestad —afirma San Pablo—, los judíos no le habrían crucificado”.

Por otra parte, el brillo de su esplendor, además de disminuir el mérito de la fe de sus discípulos, habría hecho dudar de su naturaleza humana y por lo tanto de la realidad de sus sufrimientos.

Si el Hijo de Dios no hubiese tenido necesidad de comer, beber y dormir, si se hubiera librado de las miserias inherentes a la naturaleza humana, habría confirmado el error de quienes creen que no se hizo hombre más que en apariencia. No habría sido verdaderamente el “Emmanuel” anunciado por los Profetas, es decir, un Dios anonadado, puesto a nuestro nivel, viviendo con nosotros y como nosotros.

Sin embargo, por humilde que debía ser el nacimiento del Hombre-Dios, era preciso que tuviera al menos un carácter excepcional en un punto: el Hijo eterno de Dios no podía nacer más que de una mujer virgen.

Sólo el Espíritu Santo debía ser el autor de su concepción, pues es inimaginable que fuera de otra manera.

El Hijo de Dios no podía tener más que un Padre en el sentido exacto y preciso del término.

Ciertamente, eso se podía lograr mediante un prodigio, pero se trataba sin duda de un prodigio indispensable.

Ahora bien, si Dios debía revestir la naturaleza humana en el seno de una Virgen por obra y gracia del Espíritu Santo, ¿qué iba a pasar con el honor del Niño y con el de su Madre si los hombres ignoraban el misterio? ¿No quedaban expuestos a ser víctimas del desprecio y del baldón públicos? ¿No recaería la vergüenza sobre Aquel que venía a purificar al mundo de toda mancha lo mismo que sobre Aquella que lo había engendrado? La Virgen que iba a alumbrar un niño, según la profecía de Isaías, no podía proclamar a los cuatro vientos los favores de que había sido objeto.

Además, ¿quién la hubiera creído? Incluso suponiendo que la modestia, el candor, la gracia, la pureza, iluminasen su frente, su persona y todo su comportamiento, con una luz vivísima, no habría bastado para garantizar el crédito de su testimonio.

Se habrían considerado sus afirmaciones como refinada hipocresía, y cuando el hijo nacido de su carne dijera más tarde a los judíos ¿Quién de vosotros me argüirá de pecado?, éstos le habrían echado en cara el oprobio de su nacimiento.

Ciertamente, Dios habría podido intervenir para revelar milagrosamente el misterio de la concepción virginal de su Hijo.

Se habría podido oír una voz proveniente del cielo —como sucedió en el Tabor— declarando que ése era su Hijo bien amado, nacido de una Virgen.

Pero esta forma de obrar no es propia de Dios. A su infinita sabiduría le place, incluso para realizar los más asombrosos milagros, usar los medios más sencillos, menos aparatosos.

Para poner la reputación de su Hijo y de la Madre al abrigo de las ultrajantes sospechas de los hombres, le bastó cubrir el misterio de su concepción con el velo de un santo y legítimo matrimonio.

Si hacía falta que la Virgen-Madre tuviera un marido para salvar su honor, también era necesario para que fuese padre nutricio del Niño que iba a nacer.

Asombrosa proposición si se piensa que este Niño era el Verbo divino, y por lo tanto, padre nutricio de todas las criaturas, Aquel de quien todos los seres reciben su vida, su sustancia y su crecimiento.

¿Iban, pues, a cambiarse los papeles y la criatura convertirse en proveedora de su Creador? Así iba a ser, en efecto.

Aquel cuya Providencia abarca la entera creación, va a pedir a una criatura humana que le socorra, porque quiere nacer como los demás niños: desnudo, frágil, inerme, incapaz de proveer por sí mismo a las necesidades más imperiosas de su naturaleza humana, sin poder expresarlas más que mediante gemidos inarticulados y lágrimas.

Y así como ha puesto junto a las más humildes cunas un padre y una madre, pondrá también junto a su propia cuna, al lado de su Madre, un hombre con verdadero corazón de padre que tendrá como misión alimentarle, vestirle y ofrecerle una morada.

El Verbo eterno encarnado necesitará igualmente un protector que le libre de las pruebas, dificultades y peligros en que habrá de encontrarse, pues su Padre celestial le dejará desprovisto de todo.

No tendrá soldados, ni legiones angélicas a su servicio, y mientras no sea suficientemente fuerte como para protegerse a sí mismo, su debilidad infantil reclamará la ayuda de unos brazos para protegerse tras ellos en la hora del peligro.

Todas esas tareas le van a ser confiadas a San José.

Al comienzo de la creación, la maravillosa sabiduría de Dios dijo a Adán, tras llamarle a la existencia: No es bueno que el hombre esté solo. Yo le daré una ayuda semejante a él.

Cuando llegó el momento elegido por Dios para reparar el desastre causado por el pecado de la primera pareja, vio que tampoco era bueno que la Virgen diese a luz sola, sin apoyo ni ayuda de nadie.

San José fue el fruto de ese gran designio divino. En el pensamiento de Dios, estaba predestinado a dar al Niño que había de nacer, y a su Madre, un hogar tranquilo, con objeto de que uno y otro pudiesen disfrutar, a los ojos de los hombres, de una situación normal: habría de ser el guardián que rodearía como con un velo de silencio, de candor, de paz y de respeto, la inocencia de María y la debilidad del Niño.

Gracias a San José, su honor quedaría libre de toda sospecha, y si un día hubiera de ser puesto en tela de juicio, sería el testigo más autorizado, el menos sospechoso para atestiguar su integridad.

A la espera de que la identidad del Niño quedase desvelada, sería, con su sola presencia silenciosa y santa, el guardián del secreto de la Encarnación virginal.

Hasta que los Apóstoles reciban por misión manifestar al mundo el misterio del Hijo de Dios, él, provisionalmente, disimulará este misterio y lo mantendrá oculto a los hombres.

Por otra parte, los designios de Dios le señalan como escogido para permanecer al lado de la Virgen y de su Hijo, a fin de cuidarlos y conducirlos en días de prueba y de persecución por los caminos y de ganar el pan de todos con el sudor de su frente, en espera de que el Niño, convertido en adolescente, fuese iniciado en esa vida laboriosa que habría de llevar durante largos años.

Y es aquí donde hay que admirar la grandeza de la misión recibida por San José: dar morada a quien creó el Universo, alimentar a quien es la Providencia mantenedora de todos los seres, vestir a quien da a los lirios del campo un ropaje más maravilloso que el de Salomón, ejercer respecto de Aquel a quien todos los hombres llaman “Padre” la carga y los deberes de la paternidad.

Pero por sublime que fuera la tarea que Dios confió a San José, lo que esperaba de él en primer lugar era su abnegación.

Cada vez que Dios llama, sus exigencias implican, para el llamado, la obligación de vaciarse moralmente de sí mismo, con objeto de no tener a la vista más que la búsqueda de los deseos divinos.

Por eso, el alma de José debía estar dispuesta a todas las renuncias y todas las abnegaciones.

Por eso, también, Dios, que le había escogido desde toda la eternidad, le había ido moldeando espiritualmente para que estuviera a la altura de sus funciones.

Mientras tanto, nadie, viendo a José atravesar las callejas de Nazaret, descalzo, con una viga al hombro, camino de su taller, supondría el incomparable destino que Dios tenía reservado a este humilde artesano de aldea, sin el cual nada hubiese sucedido, en el misterio de la Encarnación, tal y como Dios lo había decretado.

SOBRE UNIVERSÆ ECCLESIÆ: TEXTO OFICIAL Y COMENTARIOS

PONTIFICIA COMISIÓN ECCLESIA DEI

INSTRUCCIÓN sobre la aplicación de la Carta Apostólica

Motu Proprio data “Summorum Pontificum” de S. S. BENEDICTO PP. XVI

I.

Introducción

1. La Carta Apostólica Motu Proprio data “Summorum Pontificum” del Sumo Pontífice Benedicto XVI, del 7 de julio de 2007, entrada en vigor el 14 de septiembre de 2007, ha hecho más accesible a la Iglesia universal la riqueza de la Liturgia Romana.

 2. Con tal Motu Proprio el Sumo Pontífice Benedicto XVI ha promulgado una ley universal para la Iglesia, con la intención de dar una nueva reglamentación para el uso de la Liturgia Romana vigente en 1962.

 3. El Santo Padre, después de haber recordado la solicitud que los sumos pontífices han demostrado en el cuidado de la Sagrada Liturgia y la aprobación de los libros litúrgicos, reafirma el principio tradicional, reconocido desde tiempo inmemorial, y que se ha de conservar en el porvenir, según el cual «cada Iglesia particular debe concordar con la Iglesia universal, no solo en cuanto a la doctrina de la fe y a los signos sacramentales, sino también respecto a los usos universalmente aceptados de la ininterrumpida tradición apostólica, que deben observarse no solo para evitar errores, sino también para transmitir la integridad de la fe, para que la ley de la oración de la Iglesia corresponda a su ley de fe» 1.

 4. El Santo Padre ha hecho memoria además de los romanos pontífices que, en modo particular, se han comprometido en esta tarea, especialmente de san Gregorio Magno y san Pío V. El Papa subraya asimismo que, entre los sagrados libros litúrgicos, el Missale Romanum ha tenido un relieve histórico particular, y a lo largo de los años ha sido objeto de distintas actualizaciones hasta el pontificado del beato Juan XXIII. Con la reforma litúrgica que siguió al Concilio Vaticano II, en 1970 el papa Pablo VI aprobó un nuevo Misal para la Iglesia de rito latino, traducido posteriormente en distintas lenguas. En el año 2000 el papa Juan Pablo II promulgó la tercera edición del mismo.

 5. Muchos fieles, formados en el espíritu de las formas litúrgicas anteriores al Concilio Vaticano II, han expresado el vivo deseo de conservar la tradición antigua. Por este motivo, el papa Juan Pablo II, con el Indulto especial Quattuor abhinc annos, emanado en 1984 por la Sagrada Congregación para el Culto Divino, concedió, bajo determinadas condiciones, la facultad de volver a usar el Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII. Además, Juan Pablo II, con el Motu Proprio “Ecclesia Dei”, de 1988, exhortó a los obispos a que fueran generosos en conceder dicha facultad a todos los fieles que la pidieran. El papa Benedicto XVI ha seguido la misma línea a través del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, en el cual se indican algunos criterios esenciales para el usus antiquior del Rito Romano, que aquí es oportuno recordar.

 6. Los textos del Misal Romano del papa Pablo VI y del Misal que se remonta a la última edición del papa Juan XXIII, son dos formas de la Liturgia Romana, definidas respectivamente ordinaria y extraordinaria: son dos usos del único Rito Romano, que se colocan uno al lado del otro. Ambas formas son expresión de la misma lex orandi de la Iglesia. Por su uso venerable y antiguo, la forma extraordinaria debe ser conservada con el honor debido.

 7. El Motu Proprio “Summorum Pontificum” está acompañado por una Carta del Santo Padre a los obispos, que lleva la misma fecha del Motu Proprio (7 de julio de 2007). Con ella se ofrecen ulteriores aclaraciones sobre la oportunidad y necesidad del mismo Motu Proprio; es decir, se trataba de colmar una laguna, dando una nueva normativa para el uso de la Liturgia Romana vigente en 1962. Tal normativa se hacía especialmente necesaria por el hecho de que, en el momento de la introducción del nuevo Misal, no pareció necesario emanar disposiciones que reglamentaran el uso de la Liturgia vigente desde 1962. Debido al aumento de los que piden poder usar la forma extraordinaria, se ha hecho necesario dar algunas normas al respecto.

Entre otras cosas el papa Benedicto XVI afirma: «No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del ‘Missale Romanum’. En la historia de la Liturgia hay crecimiento y progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede ser de improviso totalmente prohibido o incluso perjudicial» 2.

 8. El Motu Proprio “Summorum Pontificum” constituye una relevante expresión del magisterio del Romano Pontífice y del munus que le es propio, es decir, regular y ordenar la Sagrada Liturgia de la Iglesia 3, y manifiesta su preocupación como Vicario de Cristo y Pastor de la Iglesia Universal 4. El documento tiene como objetivo:

a) ofrecer a todos los fieles la Liturgia Romana en el usus antiquior, considerada como un tesoro precioso que hay que conservar;

b) garantizar y asegurar realmente el uso de la forma extraordinaria a quienes lo pidan, considerando que el uso la Liturgia Romana entrado en vigor en 1962 es una facultad concedida para el bien de los fieles y, por lo tanto, debe interpretarse en sentido favorable a los fieles, que son sus principales destinatarios;

c) favorecer la reconciliación en el seno de la Iglesia.

II.

Tareas de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei

9. El Sumo Pontífice ha conferido a la Pontificia Comisión Ecclesia Dei potestad ordinaria vicaria para la materia de su competencia, especialmente para supervisar la observancia y aplicación de las disposiciones del Motu Proprio “Summorum Pontificum” (cf. art. 12).

 10. § 1. La Pontificia Comisión ejerce tal potestad a través de las facultades precedentemente concedidas por el papa Juan Pablo II y confirmadas por el papa Benedicto XVI (cf. Motu Proprio”Summorum Pontificum”, art. 11-12), y también a través del poder de decidir sobre los recursos que legítimamente se le presenten, como superior jerárquico, contra una eventual medida administrativa del ordinario que parezca contraria al Motu Proprio.

§ 2. Los decretos con los que la Pontificia Comisión decide sobre los recursos podrán ser impugnados ad normam iuris ante el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica.

 11. Compete a la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, previa aprobación de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, la tarea de ocuparse de la eventual edición de los textos litúrgicos relacionados con la forma extraordinaria del Rito Romano.

III.

Normas específicas

 12. Esta Pontificia Comisión, en virtud de la autoridad que le ha sido atribuida y de las facultades de las que goza, después de la consulta realizada entre los obispos de todo el mundo, para garantizar la correcta interpretación y la recta aplicación del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, emana la siguiente Instrucción, a tenor del can. 34 del Código de Derecho Canónico.

La competencia de los Obispos diocesanos

13. Los obispos diocesanos, según el Código de Derecho Canónico, deben vigilar en materia litúrgica en atención al bien común y para que todo se desarrolle dignamente, en paz y serenidad en sus diócesis 5, de acuerdo siempre con la mens del Romano Pontífice, claramente expresada en el Motu Proprio “Summorum Pontificum” 6. En caso de controversias o dudas fundadas acerca de la celebración en la forma extraordinaria, decidirá la Pontificia Comisión Ecclesia Dei.

 14. Es tarea del obispo diocesano adoptar las medidas necesarias para garantizar el respeto de la forma extraordinaria del Rito Romano, a tenor del Motu Proprio “Summorum Pontificum”.

 El coetus fidelum

(cf. Motu Proprio “Summorum Pontificum”, art. 5 § 1)

 15. Un coetus fidelium se puede definir stabiliter existens, a tenor el art. 5 § 1 del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, cuando esté constituido por algunas personas de una determinada parroquia que, incluso después de la publicación del Motu Proprio, se hayan unido a causa de la veneración por la Liturgia según el usus antiquior, las cuales solicitan que ésta sea celebrada en la iglesia parroquial o en un oratorio o capilla; tal coetus puede estar también compuesto por personas que provengan de diferentes parroquias o diócesis y que, para tal fin, se reúnen en una determinada parroquia o en un oratorio o capilla.

 16. En caso de que un sacerdote se presente ocasionalmente con algunas personas en una iglesia parroquial o en un oratorio, con la intención de celebrar según la forma extraordinaria, como previsto en los art. 2 y 4 del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, el párroco o el rector de una iglesia o el sacerdote responsable admitan tal celebración, respetando las exigencias de horarios de las celebraciones litúrgicas de la misma iglesia.

 17.

§ 1. Con el fin de decidir en cada caso, el párroco, el rector o el sacerdote responsable de una iglesia se comportará según su prudencia, dejándose guiar por el celo pastoral y un espíritu de generosa hospitalidad.

§ 2. En los casos de grupos numéricamente menos consistentes, habrá que dirigirse al ordinario del lugar para individuar una iglesia en la que dichos fieles puedan reunirse para asistir a tales celebraciones y garantizar así una participación más fácil y una celebración más digna de la Santa Misa.

 18. También en los santuarios y lugares de peregrinación se ofrezca la posibilidad de celebrar en la forma extraordinaria a los grupos de peregrinos que lo requieran (cf. Motu Proprio “Summorum Pontificum”, art. 5 § 3), si hay un sacerdote idóneo.

 19. Los fieles que piden la celebración en la forma extraordinaria no deben sostener o pertenecer de ninguna manera a grupos que se manifiesten contrarios a la validez o legitimidad de la Santa Misa o de los sacramentos celebrados en la forma ordinaria o al Romano Pontífice como Pastor Supremo de la Iglesia universal.

 El sacerdos idoneus

(cf. Motu Proprio Summorum Pontificum, art. 5 § 4)

 20. Sobre los requisitos necesarios para que un sacerdote sea considerado idóneo para celebrar en la forma extraordinaria, se establece cuanto sigue:

a) cualquier sacerdote que no esté impedido a tenor del Derecho Canónico se considera sacerdote idóneo para celebrar la Santa Misa en la forma extraordinaria 7;

b) en relación al uso de la lengua latina, es necesario un conocimiento suficiente que permita pronunciar correctamente las palabras y entender su significado;

c) en lo que respecta al conocimiento del desarrollo del rito, se presumen idóneos los sacerdotes que se presenten espontáneamente para celebrar en la forma extraordinaria y la hayan usado anteriormente.

 21. Se exhorta a los ordinarios a que ofrezcan al clero la posibilidad de adquirir una preparación adecuada para las celebraciones en la forma extraordinaria. Esto vale también para los seminarios, donde se deberá proveer a que los futuros sacerdotes tengan una formación conveniente en el estudio del latín 8 y, según las exigencias pastorales, ofrecer la oportunidad de aprender la forma extraordinaria del rito.

 22. En las diócesis donde no haya sacerdotes idóneos, los obispos diocesanos pueden solicitar la colaboración de los sacerdotes de los institutos erigidos por la Comisión Ecclesia Dei o de quienes conozcan la forma extraordinaria del rito, tanto para su celebración como para su eventual aprendizaje.

 23. La facultad para celebrar la Misa sine populo (o con la participación del solo ministro) en la forma extraordinaria del Rito Romano es concedida por el Motu Proprio a todos los sacerdotes diocesanos y religiosos (cf. Motu Proprio “Summorum Pontificum”, art. 2). Por lo tanto, en tales celebraciones, los sacerdotes, en conformidad con el Motu Proprio “Summorum Pontificum”, no necesitan ningún permiso especial de sus ordinarios o superiores.

La disciplina litúrgica y eclesiástica

 24. Los libros litúrgicos de la forma extraordinaria han de usarse tal como son. Todos aquellos que deseen celebrar según la forma extraordinaria del Rito Romano deben conocer las correspondientes rúbricas y están obligados a observarlas correctamente en las celebraciones.

 25. En el Misal de 1962 podrán y deberán ser inseridos nuevos santos y algunos de los nuevos prefacios 9, según a la normativa que será indicada más adelante.

 26. Como prevé el art. 6 del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, se precisa que las lecturas de la Santa Misa del Misal de 1962 pueden ser proclamadas exclusivamente en lengua latina, o bien en lengua latina seguida de la traducción en lengua vernácula o, en las Misas leídas, también sólo en lengua vernácula.

 27. Con respecto a las normas disciplinarias relativas a la celebración, se aplica la disciplina eclesiástica contenida en el Código de Derecho Canónico de 1983.

 28. Además, en virtud de su carácter de ley especial, dentro de su ámbito propio, el Motu Proprio “Summorum Pontificum” deroga aquellas medidas legislativas inherentes a los ritos sagrados, promulgadas a partir de 1962, que sean incompatibles con las rúbricas de los libros litúrgicos vigentes en 1962.

 Confirmación y Orden sagrado

 29. La concesión de utilizar la antigua fórmula para el rito de la Confirmación fue confirmada por el Motu Proprio “Summorum Pontificum” (cf. art. 9 § 2). Por lo tanto, no es necesario utilizar para la forma extraordinaria la fórmula renovada del Ritual de la Confirmación promulgado por el Papa Pablo VI.

 30. Con respecto a la tonsura, órdenes menores y subdiaconado, el Motu Proprio “Summorum Pontificum” no introduce ningún cambio en la disciplina del Código de Derecho Canónico de 1983; por lo tanto, en los institutos de vida consagrada y en las sociedades de vida apostólica que dependen de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, el profeso con votos perpetuos en un instituto religioso o incorporado definitivamente a una sociedad clerical de vida apostólica, al recibir el diaconado queda incardinado como clérigo en ese instituto o sociedad (cf. can. 266 § 2 del Código de Derecho Canónico).

 31. Sólo en los institutos de vida consagrada y en las sociedades de vida apostólica que dependen de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei y en aquellos donde se mantiene el uso de los libros litúrgicos de la forma extraordinaria se permite el uso del Pontificale Romanum de 1962 para conferir las órdenes menores y mayores.

Breviarium Romanum

 32. Se concede a los clérigos la facultad de usar el Breviarium Romanum en vigor en 1962, según el art. 9 § 3 del Motu Proprio “Summorum Pontificum”. El mismo se recita integralmente en lengua latina.

El Triduo Pascual

 33. El coetus fidelium que sigue la tradición litúrgica anterior, si hubiese un sacerdote idóneo, puede celebrar también el Triduo Pascual en la forma extraordinaria. Donde no haya una iglesia u oratorio previstos exclusivamente para estas celebraciones, el párroco o el ordinario, de acuerdo con el sacerdote idóneo, dispongan para ellas las modalidades más favorables, sin excluir la posibilidad de una repetición de las celebraciones del Triduo Pascual en la misma iglesia.

Los Ritos de las Ordenes Religiosas

 34. Se permite el uso de los libros litúrgicos propios de las órdenes religiosas vigente en 1962.

Pontificale Romanum y Rituale Romanum

 35. Se permite el uso del Pontificale Romanum y del Rituale Romanum, así como del Caeremoniale Episcoporum vigente en 1962, a tenor del n. 28 de esta Instrucción, quedando en vigor lo dispuesto en el n. 31 de la misma.

El Sumo Pontífice Benedicto XVI, en la Audiencia del día 8 de abril de 2011, concedida al suscrito Cardenal Presidente de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, ha aprobado la presente Instrucción y ha ordenado su publicación.

 Dado en Roma, en la sede de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, el 30 de abril de 2011, memoria de san Pio V.

 William Cardenal Levada

Presidente

Mons. Guido Pozzo

Secretario

 1 Benedicto XVI, Carta Apostólica Motu Proprio data “Summorum Pontificum”, I, en AAS 99 (2007) 777; cf. Instrucción general del Misal Romano, tercera edición, 2002, n. 397.

2 Benedicto XVI, Carta a los Obispos que acompaña la Carta Apostólica «Motu Proprio data» Summorum Pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970, en AAS 99 (2007) 798.

3 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 838 § 1 y § 2.

4 Cf. Código de Derecho Canónico, can 331.

5 Cf. Código de Derecho Canónico, cann. 223 § 2; 838 § 1 y § 4.

6 Cf. Benedicto XVI, Carta a los Obispos que acompaña la Carta Apostólica Motu Proprio data Summorum Pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970, en AAS 99 (2007) 799.

7 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 900 § 2.

8 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 249, cf. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium, n. 36; Declaración Optatam totius, n. 13.

9 Cf. Benedicto XVI, Carta a los Obispos que acompaña la Carta Apostólica Motu Proprio data Summorum Pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970, en AAS 99 (2007) 797.

NUESTROS COMENTARIOS

No vamos a alargarnos inútilmente en comentar lo que no merece aclaración.

1º) En cuanto a lo esencial, como era de prever, la Instrucción ratifica la nocividad del Motu proprio:

a) Los textos del Misal Romano del papa Pablo VI y del Misal que se remonta a la última edición del papa Juan XXIII, son dos formas de la Liturgia Romana, definidas respectivamente ordinaria y extraordinaria: son dos usos del único Rito Romano, que se colocan uno al lado del otro. Ambas formas son expresión de la misma lex orandi de la Iglesia (6).

b) Entre otras cosas el papa Benedicto XVI afirma: «No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del ‘Missale Romanum’» (7).

2º) Consecuentemente, la Instrucción precisa que “Los fieles que piden la celebración en la forma extraordinaria no deben sostener o pertenecer de ninguna manera a grupos que se manifiesten contrarios a la validez o legitimidad de la Santa Misa o de los sacramentos celebrados en la forma ordinaria” (19).

3º) Solamente deseamos destacar lo expresado en el número (8) de la Instrucción:

El documento tiene como objetivo:

a) ofrecer a todos los fieles la Liturgia Romana en el usus antiquior, considerada como un tesoro precioso que hay que conservar;

b) garantizar y asegurar realmente el uso de la forma extraordinaria a quienes lo pidan, considerando que el uso la Liturgia Romana entrado en vigor en 1962 es una facultad concedida para el bien de los fieles y, por lo tanto, debe interpretarse en sentido favorable a los fieles, que son sus principales destinatarios.

De este modo, la Sagrada Liturgia ha perdido su finalidad principal, que es la alabanza y culto de la Santísima Trinidad.

La santificación de los fieles es un fin secundario de la Sagrada Liturgia.

Para el bien de los fieles… En sentido favorable a los fieles… Ofrecer a los fieles… A quienes lo pidan… Todo esto es una prueba más de que la concepción personalista ha irrumpido en la Iglesia Conciliar.

Por lo tanto, de la misma manera y por los mismo motivos que hemos rechazado e impugnado el Motu proprio de julio de 2007, denegamos y replicamos esta Instrucción sobre su aplicación.

¡LE FALLE POR UN PELITO!

Camping, que había predicho que 200 millones de cristianos serían ascendidos al cielo el sábado antes de que la Tierra fuera destruida por una enorme bola de fuego, dijo que se sintió tan defraudado cuando su predicción no se volvió realidad que abandonó su casa y se refugió en un motel con su esposa.

Su polémica iglesia, Family Radio International, había gastado millones de dólares, algunos obtenidos de las donaciones de sus seguidores, en más de 5.000 carteles y vehículos con anuncios sobre el Día del Juicio Final.

Pero Camping expresó que ahora sabe que el Apocalipsis llegará pero cinco meses después del 21 de mayo, la fecha que había señalado desde el comienzo

El sábado fue “un día invisible del Juicio Final” en el que se realizó un juicio espiritual, dijo. Pero la fecha y la estructura es la misma que siempre ha sido, continuó.

“Siempre dijimos que el 21 de mayo era el día, pero no entendimos el significado espiritual”, dijo. “El 21 de mayo es el día en el que vino Cristo y puso al mundo bajo juicio”.

En vez de conducir su programa diario el lunes, Camping, de 89 años, presentó un comunicado especial ante la prensa en las oficinas de su imperio de medios en Oakland, que se ha dedicado a transmitir su mensaje. En una emisión de 90 minutos en sus estaciones de radio y a través del internet, Camping dijo que no devolverá el dinero donado por sus seguidores para publicitar la campaña del fin del mundo.

“¿Si este no es el fin, por qué devolverlo?”, dijo Harold quien añadió que no tiene planes para disolver su compañía antes de un nuevo día del juicio (Oct 21), “Si se acaba el mundo, Dios la disolverá”, concluyó.


ESTUDIOS DOCTRINALES: EL MATRIMONIO A LA LUZ DE LA ARCANUM SAPIENTIAE DE LEON XIII

CARTA ENCÍCLICA

ARCANUM DIVINAE SAPIENTIAE

DEL SUMO PONTÍFICE LEÓN XIII

SOBRE LA FAMILIA

 

I. INTRODUCCIÓN

Restauración de todas las cosas en Cristo

1. El arcano designio de la sabiduría divina que Jesucristo, Salvador de los hombres, había de llevar a cabo en la tierra tuvo por finalidad restaurar Él mismo divinamente por sí y en sí al mundo, que parecía estar envejeciendo. Lo que expresó en frase espléndida y profunda el apóstol San Pablo, cuando escribía a los efesios: «El sacramento de su voluntad…, restaurarlo todo en Cristo, lo que hay en el cielo y en la tierra» (1).

Y, realmente, cuando Cristo Nuestro Señor decidió cumplir el mandato que recibiera del Padre, lo primero que hizo fue, despojándolas de su vejez, dar a todas las cosas una forma y una fisonomía nuevas. Él mismo curó, en efecto, las heridas que había causado a la naturaleza humana el pecado del primer padre; restituyó a todos los hombres, por naturaleza hijos de ira, a la amistad con Dios; trajo a la luz de la verdad a los fatigados por una larga vida de errores; renovó en toda virtud a los que se hallaban plagados de toda impureza, y dio a los recobrados para la herencia de la felicidad eterna la esperanza segura de que su propio cuerpo, mortal y caduco, había de participar algún día de la inmortalidad y de la gloria celestial.

Y para que unos tan singulares beneficios permanecieran sobre la tierra mientras hubiera hombres, constituyó a la Iglesia en vicaria de su misión y le mandó, mirando al futuro, que, si algo padeciera perturbación en la sociedad humana, lo ordenara; que, si algo estuviere caído, que lo levantara.

Influencia de la religión en el orden temporal

2. Mas, aunque esta divina restauración de que hemos hablado toca de una manera principal y directa a los hombres constituidos en el orden sobrenatural de la gracia, sus preciosos y saludables frutos han trascendido, de todos modos, al orden natural ampliamente; por lo cual han recibido perfeccionamiento notable en todos los aspectos tanto los individuos en particular cuanto la universal sociedad humana.

Pues ocurrió, tan pronto como quedó establecido el orden cristiano de las cosas, que los individuos humanos aprendieran y se acostumbraran a confiar en la paternal providencia de Dios y a alimentar una esperanza, que no defrauda, de los auxilios celestiales; con lo que se consiguen la fortaleza, la moderación, la constancia, la tranquilidad del espíritu en paz y, finalmente, otras muchas preclaras virtudes e insignes hechos.

Por lo que toca a la sociedad doméstica y civil, es admirable cuánto haya ganado en dignidad, en firmeza y honestidad. Se ha hecho más equitativa y respetable la autoridad de los príncipes, más pronta y más fácil la obediencia de los pueblos, más estrecha la unión entre los ciudadanos, más seguro el derecho de propiedad.

La religión cristiana ha favorecido y fomentado en absoluto todas aquellas cosas que en la sociedad civil son consideradas como útiles, y hasta tal punto que, como dice San Agustín, aun cuando hubiera nacido exclusivamente para administrar y aumentar los bienes y comodidades de la vida terrena, no parece que hubiera podido ella misma aportar más en orden a una vida buena y feliz.

3. Pero no es nuestro propósito tratar ahora por completo de cada una de estas cosas; vamos a hablar sobre la sociedad doméstica, que tiene su principio y fundamento en el matrimonio.

II. EL MATRIMONIO CRISTIANO

Origen y propiedades

4. Para todos consta, venerables hermanos, cuál es el verdadero origen del matrimonio. Pues, a pesar de que los detractores de la fe cristiana traten de desconocer la doctrina constante de la Iglesia acerca de este punto y se esfuerzan ya desde tiempo por borrar la memoria de todos los siglos, no han logrado, sin embargo, ni extinguir ni siquiera debilitar la fuerza y la luz de la verdad.

Recordamos cosas conocidas de todos y de que nadie duda: después que en el sexto día de la creación formó Dios al hombre del limo de la tierra e infundió en su rostro el aliento de vida, quiso darle una compañera, sacada admirablemente del costado de él mismo mientras dormía. Con lo cual quiso el providentísimo Dios que aquella pareja de cónyuges fuera el natural principio de todos los hombres, o sea, de donde se propagara el género humano y mediante ininterrumpidas procreaciones se conservara por todos los tiempos.

Y aquella unión del hombre y de la mujer, para responder de la mejor manera a los sapientísimos designios de Dios, manifestó desde ese mismo momento dos principalísimas propiedades, nobilísimas sobre todo y como impresas y grabadas ante sí: la unidad y la perpetuidad.

Y esto lo vemos declarado y abiertamente confirmado en el Evangelio por la autoridad divina de Jesucristo, que atestiguó a los judíos y a los apóstoles que el matrimonio, por su misma institución, sólo puede verificarse entre dos, esto es, entre un hombre y una mujer; que de estos dos viene a resultar como una sola carne, y que el vínculo nupcial está tan íntima y tan fuertemente atado por la voluntad de Dios, que por nadie de los hombres puede ser desatado o roto. Se unirá (el hombre) a su esposa y serán dos en una carne. Y así no son dos, sino una carne. Por consiguiente, lo que Dios unió, el hombre no lo separe (2).

Corrupción del matrimonio antiguo

5. Pero esta forma del matrimonio, tan excelente y superior, comenzó poco a poco a corromperse y desaparecer entre los pueblos gentiles; incluso entre los mismos hebreos pareció nublarse y oscurecerse. Entre éstos, en efecto, había prevalecido la costumbre de que fuera lícito al varón tener más de una mujer; y luego, cuando, por la dureza de corazón de los mismos (3), Moisés les permitió indulgentemente la facultad de repudio, se abrió la puerta a los divorcios. Por lo que toca a la sociedad pagana, apenas cabe creerse cuánto degeneró y qué cambios experimentó el matrimonio, expuesto como se hallaba al oleaje de los errores y de las más torpes pasiones de cada pueblo.

Todas las naciones parecieron olvidar, más o menos, la noción y el verdadero origen del matrimonio, dándose por doquiera leyes emanadas, desde luego, de la autoridad pública, pero no las que la naturaleza dicta.

Ritos solemnes, instituidos al capricho de los legisladores, conferían a las mujeres el título honesto de esposas o el torpe de concubinas; se llegó incluso a que determinara la autoridad de los gobernantes a quiénes les estaba permitido contraer matrimonio y a quiénes no, leyes que conculcaban gravemente la equidad y el honor.

La poligamia, la poliandria, el divorcio, fueron otras tantas causas, además, de que se relajara enormemente el vínculo conyugal. Sigue leyendo